Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-05-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090504-0244

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

1497 RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2009, del Director General de Medio Ambiente, sobre apertura del período de vista definitivo del deslinde del monte “Riberas del Jarama” número 1.021 del elenco de la Comunidad de Madrid y situado en el término municipal de Talamanca de Jarama.

Recibido en esta Dirección General el expediente de deslinde del monte “Riberas del Jarama” número 1.021 del elenco, perteneciente a la Comunidad de Madrid, y situado en el término municipal de Talamanca de Jarama, se hace saber que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 120 y 121 del Reglamento de montes de 22 de febrero de 1962, se abre vista del mismo en las oficinas de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (calle Princesa, número 3, octava planta, de Madrid) durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado todos los días hábiles desde las diez a las catorce horas, por los interesados, admitiéndose durante los quince días siguientes las reclamaciones que se presenten sobre la práctica del apeo o sobre propiedad de parcelas que hayan sido atribuidas al monte al realizar aquella operación.

Solo podrán reclamar la práctica del apeo los que hayan asistido personalmente, o por medio de representantes, a dicho acto.

En cuanto a reclamaciones sobre la propiedad, se advierte de que solo serán admisibles, de haberse presentado los documentos correspondientes en el plazo anterior al apeo (fijado por Resolución de 27 de mayo de 2008, de esta Dirección General, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 25 de junio de 2008), debiendo expresarse en dichas reclamaciones el propósito de apurar mediante ellas la vía administrativa, como trámite previo a la judicial-civil.

Madrid, a 17 de marzo de 2009.—El Director General de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

(03/13.284/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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