Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090505-0060
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS HUMANES DE MADRID RÉGIMEN ECONÓMICO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación a los interesados o sus representantes por dos veces sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto por el presente anuncio que se encuentran en el Departamento de Tesorería, pendientes de notificación, resoluciones de la Alcaldía-Presidencia concediendo el fraccionamiento de deuda en vía ejecutiva de los contribuyentes que a continuación se relacionan: Expediente. — Contribuyente. — DNI/CIF. — Domicilio tribu- tario. — Importe principal AF0040. — Acevedo Flor, Washington Antonio. — 47406812-V. — Zaragoza, 9, noveno A, Fuenlabrada. — 786,61 euros. PC0012. — Pérez Cantero, Juan José. — 2239128-D. — Plaza de Miguel Echegaray, 1, sexto, número 2, Humanes de Madrid. — 807,88 euros. En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente relación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de lunes a viernes, en horario de oficina, en el Departamento de Tesorería, al efecto de practicar la notificación de las referidas resoluciones de la Alcaldía-Presidencia concediendo el fraccionamiento de deuda en vía ejecutiva. Asimismo, se advierte a los interesados que de no comparecer en el citado plazo la notificación se entenderá producida a todos los efectos desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. Contra las resoluciones que motivan esta actuación los interesados deberán interponer recurso de reposición ante el alcalde-presidente dentro del plazo de un mes a contar desde su notificación (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). Transcurrido dicho plazo únicamente podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión (artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero). Igualmente podrá interponer cualquier otro recurso que estime procedente, indicándole que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución. Humanes de Madrid, a 26 de marzo de 2009.—El alcalde, Adolfo Álvarez Sojo. (02/4.042/09) |

