Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090511-0034

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

BUITRAGO DEL LOZOYA

PERSONAL

Don Ángel Martínez Herrero, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya (Madrid).

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de abril de 2009, adoptó el acuerdo que en su parte dispositiva dice así:

Primero.—Aprobar la modificación de la relación de los puestos de trabajo de este Ayuntamiento, que figura en el anexo I de este acuerdo.

Segundo.—Que se remita copia a la Administración del Estado y a la Administración de la Comunidad Autónoma en el plazo de treinta días, sin perjuicio de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

ANEXO I

La relación de puestos de trabajo recoge de forma ordenada y sistemática todos los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, descritos según los siguientes conceptos:

— Código, denominación y dotación: columnas 1, 2 y 3. En ellas se identifica cada puesto de trabajo, asignándole un código identificativo del trabajador, con referencia al área y subárea correspondientes, y se indica el número de puestos existentes.

— Subárea: columna 5. Se identifican las áreas y subáreas en las que se integran todos y cada uno de los puestos de trabajo.

— Columna 6: los puestos incluidos en la relación están reservados a funcionarios (F), a personal laboral (L) o a personal laboral fijo discontinuo (L/FD).

— Columna 7: afecta exclusivamente al personal funcionario, y sigue la nomenclatura del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, distinguiendo entre Habilitación Nacional (HN), Administración General (AG) y Administración Especial (AE).

— Columna 8: grupos de clasificación. Funcionarios: A (título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente), B (título de ingeniero técnico, diplomado universitario, arquitecto técnico, Formación Profesional de 3.er grado o equivalente), C (título de bachiller, Formación Profesional de 2.o grado o equivalente), D (título de graduado escolar, Formación Profesional de 1.er grado o equivalente), E (certificado de escolaridad). Personal laboral: I (título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente), II (título de ingeniero técnico, diplomado universitario, arquitecto técnico, formación), III (título de bachiller, Formación Profesional de 2.o grado o equivalente), IV (título de graduado escolar, Formación Profesional de 1.er grado o equivalente), V (certificado de escolaridad).

— Columna 9: nivel de complemento de destino del personal funcionario; nivel profesional del personal laboral. Se trata de los diferentes niveles de cada grupo.

— Columna 10: titulación: el nivel de titulación requerido para cada puesto de trabajo se corresponde con: certificado escolaridad (CE), graduado escolar o Formación Profesional de 1.er grado (GE/FP1), bachiller superior o Formación Profesional de 2.o grado (BS/FP2), diplomado universitario (OP) y licenciado universitario (LIC).

— Columna 11: en esta columna se fija el porcentaje de la jornada de cada puesto de trabajo, teniendo en cuenta que el 100 por 100 de la jornada se corresponde con treinta y cinco horas semanales.

— Columna 12: situación de la plaza: en el momento de la aprobación de esta relación de puestos de trabajo, cada plaza está en la situación que se indica de propiedad (P), vacante ocupada (VO) o vacante (V).

ANEXO II

NORMAS REGULADORAS DE RELACIÓN
DE PUESTOS DE TRABAJO

Las normas reguladoras coinciden en todos sus términos con las aplicadas en el Pleno del día 26 de abril de 2007.

Lo que se hace público para general conocimiento, exponiéndose al público por plazo de quince días para que cualquier interesado pueda examinarlo y presentar las alegaciones/reclamaciones que estime oportunas.

En Buitrago del Lozoya, a 20 de abril de 2009.—El alcalde, Ángel Martínez Herrero.

(03/13.552/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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