Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090511-0138

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 29
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio contencioso número 708 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 22 de febrero de 2008, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 22 de febrero de 2008.—La ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez de primera instancia del número 29 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 708 de 2007, a instancias de don Alberto Garcés García, representado por el procurador don Ramiro Reynolds Martínez, contra doña Francisca Jiménez Gallego, en situación legal de rebeldía.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de don Alberto Garcés García, contra doña Francisca Jiménez Gallego, procede acordar la disolución por divorcio del matrimonio contraído por las partes el 7 de noviembre de 1962 en Madrid, manteniendo las medidas dictadas en la sentencia de separación de 21 de mayo de 2002.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción de matrimonio de los sujetos al pleito.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Francisca Jiménez Gallego se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 10 de febrero de 2009.—El secretaria (firmado).

(02/4.914/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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