Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090512-0070

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 62
DE MADRID

EDICTO

Doña María Victoria Fidalgo Iglesias, secretaria del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue juicio verbal de desahucio por falta de pago número 1.506 de 2008, siendo la demandante doña Concepción Regojo Otero y la demandada doña Iluminada Romero Peña, en el juicio referenciado se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 31 de marzo de 2009.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio con el número 1.506 de 2008, seguidos por el procurador de los tribunales señor Juanas Blanco, en nombre y representación de doña Concepción Regojo Otero, asistida del letrado señor Callo Muñoz, contra doña Iluminada Romero Peña, declarada en rebeldía, procede a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador de los tribunales señor Juanas Blanco, en nombre y representación de doña Concepción Regojo Otero, contra doña Iluminada Romero Peña, declarada en rebeldía, declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente sobre la vivienda sita en la calle García de Paredes, número 30, de Madrid, por falta de pago de las rentas, condenando a la demandada a que la desaloje y deje a la libre disposición de la actora, apercibiéndole de lanzamiento si no lo hace en el plazo legal, condenando igualmente a doña Iluminada Romero Peña al pago de la cantidad de 14.165,25 euros en los términos reclamados, junto a las rentas que vayan venciendo hasta el desalojo, los intereses legales desde la interpelación judicial y las costas procesales causadas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y dado el ignorado paradero de la demandada, por el presente se notifica a doña Iluminada Romero Peña a fin de que en el término de cinco días pueda impugnarla en apelación ante este mismo Juzgado.

En Madrid, a 2 de abril de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/5.302/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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