Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090512-0269
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Gestión Urbanística Subdirección General de Promoción del Suelo Departamento de Gestión Zona I ANUNCIO La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 4 de octubre de 2007, adoptó el siguiente acuerdo: «Primero.—Aprobar, conforme al artículo 174.5 del Reglamento de Gestión Urbanística, la operación jurídica complementaria al Proyecto de Compensación del Área de Planeamiento Específico 02.05, “Méndez Álvaro Sur”, y en su virtud, en ejecución de la sentencia firme dictada por la Sección Primera de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 12 de enero de 2007, declarar de dudosa titularidad 224 metros cuadrados de la finca aportada número 6 del citado ámbito; sin perjuicio del derecho que asiste a las partes de acudir a la jurisdicción competente en aras a dirimir la referida titularidad o, en su caso, de llegar a un acuerdo extraprocesal al respecto. Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación a los afectados, procediéndose con posterioridad a la emisión de la preceptiva certificación administrativa, para su inscripción en el Registro de la Propiedad.» Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y como medio de notificación subsidiaria a la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE), a quien, cursadas notificaciones individualizadas, no se ha tenido constancia de su recepción a través del Servicio de Correos. Significando que la precedente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio. En el supuesto de que optase por interponer recurso potestativo de reposición, no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Si el recurso de reposición es resuelto expresamente, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será el de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de su resolución, y en el supuesto de desestimación presunta, el plazo de presentación del referido recurso contencioso-administrativo es de seis meses a contar desde el siguiente día en que debe entenderse presuntamente desestimado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. Igualmente, podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente. Madrid, a 13 de abril de 2009.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado. (02/4.579/09) |

