Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090512-0109

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GUADARRAMA

URBANISMO

El Pleno del Ayuntamiento de Guadarrama, en sesión celebrada con carácter ordinario el día 26 de enero de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente el documento del Plan Especial para Implantación de Centro Municipal de Acogida de Perros, en Guadarrama (parcela 34, polígono 14, “Finca Navalafuente”, documento de mayo de 2008 redactado por don Javier Perosanz Martín), de conformidad con el informe emitido por el arquitecto municipal el 23 de enero de 2009.

Segundo.—Se deberán cumplir las siguientes condiciones para la construcción y funcionamiento de la instalación, de conformidad con informe del director general de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, de 16 de diciembre de 2008:

1.  Se deberá llevar a cabo una limpieza periódica de los lugares de alojamiento de perros y disponer de un lugar adecuado y convenientemente impermeabilizado para el almacenamiento de los residuos producidos.

2.  En relación con los cadáveres y residuos de animales se seguirán las prescripciones señaladas en el Reglamento (CE) 1774/2002, de 3 de octubre, que establece las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano, así como el Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.

3.  Se deberá implantar un sistema de depuración de aguas residuales de capacidad adecuada al número de animales, al cual se deberán conectar las aguas de aseos y de limpieza de las naves. Dichos sistemas deberán disponer de la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

4.  Se tomarán las precauciones necesarias para evitar la alteración de la cubierta vegetal en las zonas adyacentes. Una vez finalizadas las obras, se procederá a la restauración de todas las zonas afectadas por el desarrollo de las mismas y no ocupadas por instalaciones permanentes.

5.  Al objeto de minimizar el impacto visual, se adaptará el diseño de las naves de forma que se guarde armonía en su entorno. En caso de utilizarse materiales metálicos generadores de brillo, deberán estar pintados con colores armónicos con el paisaje.

6.  Todos los residuos generados, tanto en la fase de ejecución como en la explotación, se gestionarán de la forma legalmente establecida de acuerdo a su naturaleza. En ningún caso se abandonarán materiales de construcción ni residuos de cualquier naturaleza en el ámbito de la actuación del proyecto o en su entorno.

Tercero.—La construcción planteada se incluye en el epígrafe 19 del anexo V de la Ley 2/2002, denominado “Instalaciones para el alojamiento temporal o recogida de animales y establecimientos destinados a su cría, venta, adiestramiento o doma”, y se encuentra, por tanto, sometido a evaluación ambiental de actividades de competencia municipal.

Cuarto.—El acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial para Implantación de Centro Municipal de Acogida de Perros, en Guadarrama, deberá ser notificado a la Comunidad de Madrid, por virtud del artículo 56 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y publicado en los términos establecidos en el artículo 70, apartado segundo, de la citada Ley.

De conformidad con el acuerdo adoptado, y atendiendo a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, se dicta el siguiente anuncio en base a las siguientes determinaciones:

Por encargo del Ayuntamiento de Guadarrama, el arquitecto, don Javier Perosanz Martín, redacta el documento Plan Especial para Implantación de Centro Municipal de Acogida de Perros, parcela 34, polígono 14, “Finca Navalafuente”.

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 13 de junio de 2008, acordó aprobar inicialmente el documento del Plan Especial para Implantación de Centro Municipal de Acogida de Perros, en Guadarrama, parcela 34, polígono 14, “Finca Navalafuente”, documento de mayo de 2008 redactado por don Javier Perosanz Martín, de conformidad con el informe emitido por el arquitecto municipal el 6 de junio de 2008, así como someter la documentación del Plan Especial a información pública por plazo no inferior a treinta días, con requerimiento simultáneo de informe a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 59, en relación con el 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio.

El acuerdo de la Junta de Gobierno Local fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166, de 14 de julio, y en el diario “La Gaceta de los Negocios” con fecha 17 de julio de 2008. De conformidad con el certificado emitido por la Secretaría del Ayuntamiento de Guadarrama con fecha 20 de agosto de 2008, finalizado el trámite de información pública, no se han presentado alegaciones.

Con fecha 16 de diciembre de 2008, el director general de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid emite informe en el que indican las condiciones para la construcción y funcionamiento de la instalación prevista.

Guadarrama, a 13 de abril de 2009.—El concejal-delegado (decreto de delegación de 11 de agosto de 2008), Ricardo Lozano Carmona.

(03/13.021/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090512-0109