Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090513-0068

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 43
DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Grágera de Torres, secretaria del Juzgado de primera instancia número 43 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.150 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado con fecha 30 de marzo de 2009 resolución, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de la comunidad de propietarios del edificio sito en el número 5 de la calle Calvario, de Madrid, contra la entidad “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, absolviendo a la citada demandada de las pretensiones ejercitadas de contrario, y estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de la comunidad de propietarios del edificio sito en el número 5 de la calle Calvario, de Madrid, contra don Carlos Salas Gutiérrez, don José Sánchez Álvarez y la mercantil “Alzados Técnicos, Sociedad Limitada”, y condeno a los demandados a satisfacer al actor, con carácter solidario, la suma de 30.160 euros e intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Las costas del presente procedimiento se imponen a los demandados, salvo las causadas a la entidad aseguradora “Allianz”, que se imponen al demandante.

Así por esta mi sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, en el plazo de cinco días.

La pronuncio, mando y firmo.—Firmado y rubricado.

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada “Alzado Técnico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 30 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/5.116/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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