Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090513-0020
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C) Otras Disposiciones Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
El Decreto 62/1992, de 24 de septiembre, crea la Medalla al Mérito Ciudadano de la Comunidad de Madrid, en sus categorías de Oro y Plata, como medio para honrar y distinguir a aquellas personas que destaquen con motivo de los servicios prestados a la sociedad en el ámbito de la protección civil, en especial en la protección de personas y bienes sujetos a riesgos por catástrofes, accidentes o calamidades públicas, o por la realización de acciones que por su marcado carácter social merezcan su reconocimiento. Según el artículo 3 de la Orden 1830/1992, de 24 de septiembre, que desarrolla el citado Decreto, modificada mediante la Orden de 15 de abril de 2005, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia e Interior, la concesión de la Medalla, en su categoría de Plata, podrá conllevar una prestación económica en una cuantía máxima y única de 30.000 euros. La acción heroica y generosa de don Gonzalo Iglesias García-Cruz, con pérdida del bien más preciado de la propia vida defendiendo la de otra persona desconocida para él, ponen de manifiesto una conducta excepcional y ejemplar en beneficio de la convivencia, la seguridad y la libertad de los ciudadanos madrileños, y por ello se hace acreedora de un merecido reconocimiento social. En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, y previa deliberación, en su reunión del día 23 de abril de 2009, ACUERDA Primero Conceder a título póstumo la Medalla al Mérito Ciudadano de la Comunidad de Madrid, en su categoría de Plata, a don Gonzalo Iglesias García-Cruz. Segundo El otorgamiento de la medalla conllevará una prestación económica en cuantía única de 30.000 euros, una vez tramitado el correspondiente expediente de gasto. Tercero La Consejería de Hacienda habilitará los créditos oportunos para la ejecución del presente acuerdo. Madrid, a 23 de abril de 2009. El Consejero de Presidencia, La Presidenta, Justicia e Interior, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA FRANCISCO GRANADOS LERENA (03/15.105/09) |

