Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090513-0027
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C) Otras Disposiciones Consejería de Cultura, Deporte y Turismo
Se han advertido errores materiales en la Orden 409/2009/00, de 9 de marzo, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos y se convocan determinadas actuaciones correspondientes al año 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de abril de 2009). Al amparo de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede efectuar la rectificación oportuna. Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Artículo 1 Rectificación de errores en las bases reguladoras 1. Rectificar el error material advertido en el título I, artículo 1.1, en los siguientes términos: Donde dice: “1. Subvenciones destinadas a la adecuación del local de archivo que custodiará los documentos que se encuentren en las fases de archivo central, intermedio e histórico en municipios de más de 10.000 habitantes y que cuenten con personal técnico archivero”. Debe decir: “1. Subvenciones destinadas a la adecuación del local de archivo que custodiará los documentos que se encuentren en las fases de archivo central, intermedio e histórico en municipios de más de 10.000 habitantes”. 2. Rectificar el error material que aparece en el título I, artículo 1.2, en la forma siguiente: Donde dice: “2.o La restauración de documentos municipales en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro. Esta línea de subvención incluye, además, la microfilmación y digitalización de los documentos restaurados. Los municipios con más de 10.000 habitantes deberán contar con personal técnico archivero”. Debe decir: “2.o La restauración de documentos municipales en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro. Esta línea se subvención incluye, además, la microfilmación y digitalización de los documentos restaurados”. Artículo 2 Rectificación de errores en la convocatoria de subvenciones 1. Rectificar el error material advertido en el título II, artículo 1.1.1.o a), en los siguientes términos: Donde dice: “a) Adecuación del local de archivo que custodiará los documentos que se encuentren en las fases de archivo central, intermedio e histórico en municipios de más de 10.000 habitantes y que cuenten con personal técnico archivero”. Debe decir. “a) Adecuación del local de archivo que custodiará los documentos que se encuentren en las fases de archivo central, intermedio e histórico en municipios de más de 10.000 habitantes”. 2. Rectificar el error material que aparece en el título II, artículo 1.1.2.o, en la forma siguiente: Donde dice: “2.o La restauración de documentos municipales en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro. Esta línea de subvención incluye, además, la microfilmación y digitalización de los documentos restaurados. Los municipios con más de 10.000 habitantes deberán contar con personal técnico archivero”. Debe decir: “2.o La restauración de documentos municipales en mal estado de conservación o que corran peligro de pérdida o deterioro. Esta línea de subvención incluye, además, la microfilmación y digitalización de los documentos restaurados”. Artículo 3 Ampliación del plazo de presentación de solicitudes Como consecuencia de las correcciones efectuadas se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden. Artículo 4 Entrada en vigor La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID . Madrid, a 20 de abril de 2009. El Consejero de Cultura y Turismo, SANTIAGO FISAS AYXELÀ (03/15.035/09) |

