Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090513-0153
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 37 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 505 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Álvarez Morocho, don Manuel Nieto Mesas, don Teodoro Márquez Ferrándiz, don Francisco Morales Peño, don Alfredo Gómez Mansilla, don Santiago Pérez Calvo, doña Begoña López Olivo, doña María Amparo Martínez Díez y don Rafael Camacho Jiménez, contra la empresa “Mendiocio, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 361 de 2008 En Madrid, a 5 de noviembre de 2008.—Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes: de una, y como demandantes, don José Luis Álvarez Morocho, don Manuel Nieto Mesas, don Teodoro Márquez Ferrándiz, don Francisco Morales Peño, don Alfredo Gómez Mansilla, don Santiago Pérez Calvo, doña Begoña López Olivo, doña María Amparo Martínez Díez y don Rafael Camacho Jiménez, que comparecen, y de otra, como demandada, “Mendiocio, Sociedad Anónima”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda formulada por don Manuel Nieto Mesas, don Teodoro Márquez Ferrándiz, don Francisco Morales Peño, don Alfredo Gómez Mansilla, don Santiago Pérez Calvo, doña Begoña López Olivo, doña María Amparo Martínez Díez, don José Luis Álvarez Morocho y don Rafael Camacho Jiménez, frente a “Mendiocio, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a los actores las siguientes sumas, que se verán incrementadas con el interés moratorio del 10 por 100 anual: A don Manuel Nieto Mesas: m3.945,12 euros. A don Teodoro Márquez Ferrándiz: 3.342,39 euros. A don Francisco Morales Peño: 3.326,19 euros. A don Alfredo Gómez Mansilla: 3.326,19 euros. A don Santiago Pérez Calvo: 3.326,19 euros. A doña Begoña López Olivo: 3.326,19 euros. A doña María Amparo Martínez Díez: 3.326,19 euros. A don José Luis Álvarez Morocho: 3.326,19 euros. A don Rafael Camacho Jiménez: 3.220,53 euros. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en calle Orense, número 19 de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/000/65, seguidos del número de autos, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, agencia de calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mendiocio, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 7 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/13.146/09) |

