Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090513-0162

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 38 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 222 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Willen Mercado Busto, contra la empresa “Novical 3000, Sociedad Limitada”, y “Coarsa, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado providencia, tasación de costas y liquidación de intereses que dicen así:

Providencia

La magistrada-juez de lo social, doña Inmaculada Parrado Caparrós.—En Madrid, a 5 de marzo de 2009.

Por presentado el anterior escrito y documentos que se acompañan, únanse, dese traslado y practíquese la correspondiente tasación de costas y liquidación de intereses causados en las presentes actuaciones, de la que se dará vista a las partes por término de diez días, advirtiéndoles de la posibilidad de impugnarla por indebida, si se hubieren incluido partidas, derechos o gastos indebidos o por excesivos, los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, o por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Transcurrido dicho plazo sin impugnarla, se les tendrá por conformes con la tasación de costas practicada.

Se advierte que practicada por el secretario la tasación de costas, y acordado su traslado, no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamarla si le conviniere de quien y como corresponda (artículo 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Tasación de costas y liquidación 
de intereses

Tasación de costas y liquidación de intereses que practica el secretario que suscribe en la presente ejecución, seguida a instancias de don Willen Mercado Busto, contra “Novical 3000, Sociedad Limitada”, y “Coarsa, Sociedad Anónima”, con el siguiente resultado:

Tasación de costas:

Minuta del letrado señor Fernández Chillón: 400 euros.

Liquidación de intereses:

Principal: 2.302,04 euros.

Fecha auto de ejecución: 8 de enero de 2009.

Fecha de pago: 27 de enero de 2009.

Interés legal: año 2009; 7,50 por 100.

Del 8 de enero de 2009 al 27 de enero de 2009 (7,50 por 100 de 2.302,04 euros): 9,46 euros.

Total intereses: 9,46 euros.

Total costas: 400 euros.

Total tasación: 409,46 euros.

Importa la presente tasación de costas y liquidación de intereses los expresados: 409,46 euros.

En Madrid, a 9 de marzo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Novical 3000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.141/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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