Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090514-0080
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 60 DE MADRID EDICTO El secretario del Juzgado de primera instancia número 60 de Madrid. Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de juicio verbal número 1.329 de 2007, a instancias de comunidad de propietarios de la calle Zubieta, número 2, contra doña Míriam Rosa Verastegui Templo, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes autos, cuyo encabezamiento y fallo dicen así: Sentencia número 123 de 2008 En Madrid, a 10 de junio de 2008.—La señora doña Inmaculada Vacas Hermida, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 60 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 1.329 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, comunidad de propietarios de la calle Zubieta, número 2, con procuradora doña María del Pilar Moyano Núñez y letrada señora doña Mónica Begorría Berbiela, y de otra, como demandada, doña Míriam Rosa Verastegui Templo, sin profesionales asignados, sobre juicio verbal; y… Fallo Que estimando íntegramente la demanda planteada por la procuradora doña Pilar Moyano Núñez, en nombre y representación de comunidad de propietarios de la calle Zubieta, número 2, contra doña Míriam Rosa Verastegui Templo, condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 813,98 euros, intereses al tipo legal desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde esta resolución, y al pago de las costas del juicio. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid. Dado en Madrid, a 21 de abril de 2009.—El secretario (firmado). (02/5.514/09) |

