Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.120.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090514-0261
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO PENAL JUZGADO NÚMERO 1 DE ZAMORA EDICTO Don Emilio Vega González, ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo penal de Zamora. Hago saber: En fecha 30 de enero de 2009 se ha dictado sentencia número 17 de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente. Vistos en juicio oral y público los autos número 201 de 2008-PA, número 56 de 2006, procedentes del Juzgado de instrucción número 1 de Zamora, seguido por un presunto delito de hurto contra don Florín Stanescu, natural de Braila (Rumania), nacido el día 16 de enero de 1988, hijo de Ión y de Argentina, representado por el procurador señor Lozano de Lera y asistido de letrado, en cuyo proceso ha sido parte el ministerio fiscal en el ejercicio de la acusación pública, Fallo Que debo condenar y condeno al acusado, don Florín Stanescu, como autor criminalmente responsable de un delito continuado de hurto, ya definido, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de prisión de ocho meses con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas derivadas de este juicio. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad se le abona el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa y no haya sido de abono en otras. Y para que sirva de notificación en forma al acusado se extiende la presente, que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del último domicilio conocido del acusado, haciéndole saber que dicha sentencia no es firme y contra ella podrá interponer recurso de apelación ante este Juzgado de lo penal dentro de los diez días siguientes a su publicación. Dado en Zamora, a 3 de abril de 2009.—El magistrado-juez de lo penal (firmado). (03/14.124/09) |

