Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0143

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULO DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 831 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Pablo Mola Antigua, y don Alexandre da Llopes da Silva, contra la empresa “Estructuras Móstoles, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas, con esta fecha, las relaciones laborales existentes entre don Pedro Pablo Mola Antigua, don Alexandre Da Llopes da Silva y la empresa “Estructuras Móstoles, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone a los trabajadores las cantidades de: para don Pedro Pablo Mola Antigua, 1.075,94 euros, y a don Alexandre da Llopes da Silva, 1.126,01 euros, que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como además los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, hasta la de la presente resolución, descontados los días trabajados para otras empresas, a razón de los declarados probados en aquélla, que se cifra en: para don Pedro Pablo Mola Antigua, 4.910,08 euros, y don Alexandre da Llopes da Silva, 10.379,18 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Móstoles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.455/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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