Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0240

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 197 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Fernanda Lantes Suárez, contra la empresa “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 134 de 2009

En Madrid, a 16 de abril de 2009.—Doña María Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 197 de 2009, seguidos entre las partes: de una, como demandante, doña María Fernanda Lantes Suárez, asistida por el letrado señor Gil Lamata, y de la otra, como demandadas, la empresa “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada”, Tesorería General de la Seguridad Social, doña Milagros Alonso Castellanos, don Inocencio Carazo González y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Fernanda Lantes Suárez, debo condenar y condeno a don Rafael Ramón Ponce Ramírez a abonar a la parte actora la cuantía de 6.000,05 euros en concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, absolviendo a la Tesorería General de la Seguridad Social, a doña Milagros Alonso Castellanos, a don Inocencio Carazo González y al Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos efectuados en su contra en los términos anteriormente expuestos en el fundamento cuarto.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”) en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.007/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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