Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0180
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 681 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cecilio Gutiérrez Bravo, contra don Xavier Enrique Mendoza Hurtado y “Emanuel, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente: Sentencia número 49 de 2009 En Madrid, a 4 de febrero de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25, ha visto el presente auto número 681 de 2008, seguido entre partes: como demandante, don Cecilio Gutiérrez Bravo, mayor de edad, con documento nacional de identidad número y domicilio que consta en autos, asistido de la letrada doña Beatriz Llamazares Menéndez, y como demandados, “Emanuel, Sociedad Limitada”, y don Xavier Enrique Mendoza Hurtado, que no comparecen pese a estar citados ambos en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada doña Gloria Pérez González. Versando los autos sobre cantidad. Dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente Fallo Que se tiene por desistido a don Cecilio Gutiérrez Bravo de la acción entablada contra la demandada “Emanuel, Sociedad Limitada”. Que desestimando la demanda formulada por don Cecilio Gutiérrez Bravo, contra don Xavier Enrique Mendoza Hurtado, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos deducidos en su contra. Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado, en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación. Previniendo a la empresa que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario, en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Xavier Enrique Mendoza Hurtado, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/14.336/09) |

