Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0205
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE BADAJOZ EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Ángel Estévez Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Badajoz. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 424 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Jacinta González Crucera, don José Antonio López Sánchez, don José Benito Calvo Ruiz y doña Isabel Collado Sánchez, contra la empresa “Los Lagos y Montes del Guadiana, Sociedad Limitada”, “Camping Balcón de Orellana, Sociedad Limitada”, y “Navex Orellana, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia, cuyo fallo es el siguiente: Fallo Que estimando la demanda formulada por doña María Jacinta González Crucera y otros, que seguidamente se relacionan, contra las empresas “Los Lagos y Montes del Guadiana, Sociedad Limitada”, “Camping Balcón de Orellana, Sociedad Limitada”, y “Navex Orellana, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a estas a que abonen a aquellos las cantidades que seguidamente y para cada uno se relacionarán a continuación, por las mensualidades que igualmente se expresarán, consecuencia de las relaciones laborales con las tres demandadas, hasta el 17 de octubre de 2008 en que fueron despedidos: A doña María Jacinta González Crucera: desde 1 de mayo: 7.375,83 euros. A doña Isabel Collado Sánchez: desde 1 de mayo: 5.429,34 euros. A doña María Isabel Sánchez Cañada: desde 1 de mayo: 5.436,74 euros. A don José Benito Calvo Ruiz: desde 1 de febrero: 8.024,65 euros. A don José Antonio López Sánchez: desde 1 de mayo: 4.123,88 euros. Adviértase a las partes, al tiempo de notificarles esta sentencia que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, anunciando su propósito de entablarlo ante este Juzgado dentro del término de los cinco días siguientes al de la notificación de la sentencia, designando letrado para su formalización o pidiendo su nombramiento de oficio, y en caso de que la empresa demandada sea la recurrente, en dicho momento deberá presentar resguardo de haber ingresado en la cuenta de este Juzgado en el banco “Banesto”, 0030/5012/20/0000000000 y para el expediente número 0337000065042408 la cantidad objeto de condena que asciende a 30.390,44 euros, o aval bancario por dicha cantidad, así como la de 150 euros para depósito. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Navex Orellana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Badajoz, a 20 de abril de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/14.266/09) |

