Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0069

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ESTREMERA

RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público para general conocimiento que no habiéndose presentado reclamaciones al presupuesto de este Ayuntamiento de Estremera, aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera en sesión celebrada el día 10 de marzo de 2009, el presupuesto se considera definitivamente aprobado. A los efectos previstos en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica resumido por capítulos.

Anexo de personal, aprobado junto con el presupuesto general para el año 2009:

a) Plazas de funcionarios:

1. Con habilitación nacional:

Secretario-interventor: una plaza. Grupo A1, nivel complemento de destino 26.

b) Personal laboral:

— Un operario de servicios varios.

— Un ayudante de servicios varios.

— Tres educadores/as (Casa de los Niños).

Personal laboral fijo:

— Auxiliar. Nivel de titulación exigido: graduado escolar o equivalente.

— Administrativo. Nivel de titulación exigido: bachiller superior o equivalente.

Contra la presente aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, conforme determina el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Estremera, a 24 de abril de 2009.—El alcalde, José Carlos Villalvilla López.

(03/14.591/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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