Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0083

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 38
DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Isabel de la Cruz Albaladejo, secretaria judicial sustituta del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 118 de 2008, se tramita juicio de procedimiento ordinario a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María José Bueno Ramírez, contra “Control Media Consultores, Sociedad Limitada”, don Jaime Mozón Gutiérrez y doña María del Pilar Villalba Varona, en el que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:

Sentencia número 157 de 2008

En Madrid, a 11 de septiembre de 2008.—Vistos por el magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid, don Jaime Miralles Sangro, los presentes autos seguidos con número 118 de 2008 de juicio declarativo ordinario, a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María José Bueno Ramírez y defendida por el abogado don Aritz Seminario Ilundaín, contra “Controlmedia Consultores, Sociedad Limitada”, don Jaime Mozón Gutiérrez y doña María del Pilar Villalba Barona, estos tres en rebeldía; sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Uno.  Con estimación de la demanda interpuesta por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María José Bueno Ramírez, contra “Controlmedia Consultores, Sociedad Limitada”, don Jaime Mozón Gutiérrez y doña María del Pilar Villalba Barona, estos tres en rebeldía;

Dos.  Condeno a “Controlmedia Consultores, Sociedad Limitada”, don Jaime Mozón Gutiérrez y doña María del Pilar Villalba Barona al pago de 53.849,60 euros de principal, así como al pago de los intereses pactados en el contrato de fecha 12 de enero de 2007 que figura a los folios 11 a 19 de los autos, y los intereses de la mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente sentencia.

Tres.  Por último, condeno a los demandados al pago de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con expresión de que contra la misma cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse, en su caso, en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado mediante escrito de preparación de dicho recurso, que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna, conforme a lo dispuesto por los artículos 455.1 y 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y ello para su posterior tramitación y resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia lo acuerdo y firmo.

Diligencia de publicación.—En el mismo lugar y fecha antes expresados extiendo la presente para hacer constar que a continuación su señoría procede en audiencia pública a la lectura de la anterior sentencia, de lo que la secretaria judicial sustituta da fe.

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada doña María del Pilar Villalba Varona, en ignorado paradero, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 16 de abril de 2009.—El secretaria (firmado).

(02/5.293/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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