Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-05-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0176

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MÁLAGA

EDICTO

Doña María del Carmen Ortega Ugea, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 470 de 2009, a instancias de la parte actora don José Domingo Sasso, contra “CD Filtración, Sociedad Anónima”, sobre despido/cese en general, se ha dictado resolución de fecha 22 de abril de 2009 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría dispuso: Con la demanda que se da cuenta, fórmese el oportuno expediente que se registrará en el libro de los de su clase. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada. Para la celebración de los actos de juicio y en su caso conciliación, que tendrán lugar ante este Juzgado de lo social, y que se celebrarán en la Sala de audiencias del Juzgado de lo social número 6 de Málaga, se señala el día 28 de mayo de 2009, a las once cuarenta y cinco horas de su mañana, a cuyo efecto se citará a las partes, con entrega a la demandada de copia simple de la demanda, advirtiéndoles que es única convocatoria y que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, sin que se pueda suspender el acto por falta injustificada de asistencia de aquellas, y de no comparecer el demandante, ni alegar justa causa, se le tendrá por desistido de su demanda, sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.

Cúmplase lo prevenido en la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admiten la pruebas interesadas.

Cítese a “CD Filtración, Sociedad Anónima”, a fin de que comparezca personalmente al acto de juicio para prestar confesión, apercibiéndole de que en el caso de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida podrá ser tenida por confesa en los hechos de la demanda.

Requiérase a la empresa para que aporte al acto del juicio la documental propuesta.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición dentro de los cinco días siguientes a su notificación para ante este Juzgado.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Rosa María Rojo Cabezudo, magistrada-juez de lo social del número 6 de Málaga.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “CD Filtración, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Málaga, a 22 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.020/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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