Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090520-0087
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 406 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Margarita Monreal Beldad, doña Antonia Gaitero González y doña Josefa Beleña Nieto, contra las empresas “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, y “José Ortiz, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 21 de abril de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por doña Margarita Monreal Beldad, doña Antonia Gaitero González y doña Josefa Beleña Nieto, contra la empresa “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, debo declarar improcedentes los despidos habidos con fecha 31 de enero de 2009, debo declarar y declaro resueltas las relaciones laborales que unían a las actoras con la demandada “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, y se condena a esta a que indemnice a las actoras en las siguientes cantidades, en concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores: A doña Margarita Monreal Beldad: 73.290 euros. A doña Antonia Gaitero González: 61.267,75 euros. A doña Josefa Beleña Nieto: 91.232,40 euros. Debo igualmente condenar y condeno a la empresa “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, a que abone los salarios dejados de percibir por las actoras desde el 31 de enero de 2009, fecha del despido que se declara improcedente, hasta la fecha de esta resolución (7 de abril de 2009), a razón de las siguientes cantidades: A doña Margarita Monreal Beldad, a razón de 58,33 euros diarios. A doña Antonia Gaitero González, a razón de 55,35 euros diarios. A doña Josefa Beleña Nieto, a razón de 72,40 euros diarios. Absolviendo a la codemandada “José Ortiz, Sociedad Anónima”, de los pedimentos de la presente demanda. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/14.289/09) |

