Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090520-0085

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 72
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.378 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 9 de febrero de 2009.—Vistos por mí, doña Mónica Arévalo Arévalo Estecha, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal de desahucio de vivienda, seguidos en este Juzgado bajo el número 1.378 de 2008, a instancias de doña Elixabete Rosón Gikoetxea, representada por la procuradora doña Ana Lázaro Gogorza y asistida técnicamente por el letrado don Miguel Yerro Larrauri, contra doña Carolina Rodríguez González, quien fue declarada en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Ana Lázaro Gogorza, en nombre y representación de doña Elixabete Rosón Gikoetxea, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre las partes, condenando a la demandada, doña Carolina Rodríguez González, a desalojar y dejar a disposición de la actora la vivienda sita en la calle del Amparo, número 40, escalera segunda, tercero izquierda, de Madrid, apercibiéndole de lanzamiento si no lo verificara en el plazo legal establecido; asimismo, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad que le adeuda de 2.705 euros, más todas aquellas cantidades de rentas y asimiladas devengadas con posterioridad y hasta la ejecución de la sentencia, y los intereses conforme dispone el fundamento de derecho segundo, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días contados desde su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Carolina Rodríguez González, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 23 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.785/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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