Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0119
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 66 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Arasely Cyntia Severiche Canedo, contra la empresa “Montesa 25, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Arasely Cyntia Severiche Canedo, contra “Montesa 25, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.077,73 euros de principal, más 297,77 euros y 297,77 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir las responsabilidades reclamadas. A tal fin, obténgase de la aplicación informática disponible en este Juzgado la consulta de datos de Averiguación Patrimonial y de la Dirección General de Tráfico correspondientes a la empresa ejecutada. c) Para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2519/0000/64/0066/09, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid. d) No ha lugar al embargo de caja diaria solicitado, puesto que la empresa ejecutada resulta desconocida en el domicilio de la calle Montesa, número 25, de Madrid, según se hace constar por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos en diligencias de notificación negativas practicadas en fechas 5 de febrero de 209 y 14 de abril de 2009, siendo dicho domicilio el único que consta en autos y en el Registro Mercantil. Sin perjuicio de que la parte actora pueda reiterar la petición poniendo en conocimiento del Juzgado nuevo domicilio de la empresa en el que practicar el embargo. e) No ha lugar a tener por interpuesto el recurso de reposición contra la providencia de 24 de marzo de 2009, puesto que, toda vez que por la presente resolución se despacha ejecución, el recurso ha quedado vacío de contenido. Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la presente resolución cabe interponer oposición ante este Juzgado en el plazo de diez días hábiles siguientes al de su notificación. Sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montesa 25, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/14.876/09) |

