Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0138

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 4 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don William Orlando Vasco Cisneros, contra la empresa “Ornamento y Pinturas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia de la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña María Emma Cobo García.—En Madrid, a 23 de febrero de 2009.

Dada cuenta; constando ingresada en la “Cuenta de consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado la cantidad de 250,40 euros en concepto de retención por la Agencia Tributaria a la codemandada “Ploder Uicesa” (antes “Uicesa Obras y Construcciones, Sociedad Anónima”), y habiendo sido saldada la totalidad de la deuda por dicha empresa, practíquese por la señora secretaria de este Juzgado la correspondiente diligencia de intereses de la que se dará vista a las partes por término de los diez días siguientes a la notificación de la presente, principiando por la demandada, obligada a su pago, transcurridos los cuales sin impugnarla, devengará firme, en cuyo caso se procederá a dar destino legal a las cantidades.

Una vez sea aprobada la diligencia de intereses, se acordará sobre el destino legal de la cantidad en concepto de sobrante.

En cuanto a la demandada “Ornamento y Pinturas, Sociedad Limitada”, y quedando pendiente de satisfacer por la misma la cantidad de 563,44 euros en concepto de principal, más la cantidad de 191,57 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, y habiendo sido recibida oficio de la Agencia Tributaria en fecha 2 de septiembre de 2008 comunicando la existencia de cantidades pendientes de devolución, y no habiendo sido recibida hasta el día de la fecha ni contestación ni ingreso alguno, líbrese nuevamente oficio a dicho organismo a fin de que a la mayor brevedad posible nos comunique si existen todavía cantidades pendientes de devolución, y en caso positivo, proceda a ingresarlo en la “Cuenta de consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ornamento y Pinturas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.920/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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