Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0170
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA EDICTO El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 51 de 2009, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de don Antonio Gómez Martín, contra Fondo de Garantía Salarial y “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, en la que, con fecha 15 de abril de 2009, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente: Parte dispositiva: Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las partes, con obligación de la empresa condenada “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, de indemnizar a don José Antonio Gómez Martín, con la cantidad de 1.558,13 euros. Asimismo debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de esta resolución, cifrada en la suma de 12.755,85 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, y se les advierte que contra la presente cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Juzgado de lo social y una vez firme esta resolución, archívense las presentes actuaciones. Así por este auto lo acuerdo, mando y firmo la ilustrísima señora doña Inmaculada Liñán Rojo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.—Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Huelva.—El secretario judicial (firmado). (03/14.787/09) |

