Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0226

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SAN FERNANDO DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

Se hace saber a “Contenedores Alcalá, Sociedad Limitada”, representada por don José Luis Gómez Román, con documento nacional de identidad número 8985825-R, cuyo último domicilio conocido de la mercantil es la calle Salamanca, número 10, quinto C, Alcalá de Henares (Madrid), y del representante la calle Segovia, número 28, bajo A, Alcalá de Henares (Madrid), que el concejal-delegado del Área de Política Territorial del Ayuntamiento de San Fernando de Henares ha dictado procedimiento sancionador, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo:

Primero.—Iniciar procedimiento sancionador contra la empresa arriba indicada y por los hechos de igual modo señalados de conformidad con lo establecido en el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, cuya sanción, calificación y norma que la regula se men­cionan.

Segundo.—Nombrar instructora a doña Elena Moya Yangüela.

Lo manda y firma don Joaquín Martínez Martínez, concejal-delegado del Área de Política Territorial del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, a 14 de octubre de 2008.

Lo que se notifica mediante inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

San Fernando de Henares, a 7 de abril de 2009.—El concejal-delegado del Área de Política Territorial, Joaquín Martínez Martínez.

(02/4.949/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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