Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0196

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 199 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando San Román Diego, doña María José Barrero Peñalver, don Guillermo Pardo de la Riva y don Damián de Dios Rubio Aragón, contra la empresa “Datafirst Hispania, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 203 de 2009

En Madrid, a 15 de abril de 2009.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social del número 4 de Madrid, el juicio promovido por despido, seguido ante este Juzgado con el número de autos 199 de 2009, a instancias de don Fernando San Román Diego, asistido del letrado don Leopoldo Pardo de la Riva, frente a la empresa “Datafirst Hispania, Sociedad Anónima”, que no comparece, y con citación de Fondo de Garantía Salarial, así como los autos acumulados a aquellos seguidos por doña María José Barrero Peñalver, don Guillermo Pardo de la Riva y don Damián de Dios Rubio Aragón, respectivamente con los números de autos 223 de 2009; 224 de 2009; 225 de 2009 y frente a los mismos demandados; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que estimando las demandas de despido entabladas por don Fernando San Román Diego, doña María José Barrero Peñalver, don Guillermo Pardo de la Riva y don Damián de Dios Rubio Aragón, contra la empresa “Datafirst Hispania, Sociedad Anónima”, declaró improcedente los despidos objeto de este procedimiento de fecha 13 de enero de 2009, así como la extinción de la relación laboral de los actores en la fecha de esta resolución, condenando a la empresa a abonar a los trabajadores en concepto de indemnización por despido, así como por el concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente resolución, las sumas que para cada uno de ellos se indica a continuación:

A don Fernando San Román Diego: 196.583,52 euros de indemnización y 14.353,84 euros de salarios de tramitación.

A doña María José Barrero Peñalver: 136.190,36 euros de indemnización y 11.975,64 euros de salarios de tramitación.

A don Guillermo Pardo de la Riva: 23.596,65 euros de indemnización y 4.385,64 euros de salarios de tramitación.

A don Damián de Dios Rubio Aragón: 30.629,55 euros de indemnización y 6.060,04 euros de salarios de tramitación.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta Sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencia de este Juzgando.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Datafirst Hispania, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.016/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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