Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0197
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 267 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto Mayorga González y don Rafael González Esteban, contra la empresa “La Zaranda de Yecla, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 232 de 2009 En Madrid, a 24 de abril de 2009.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social del número 4 de Madrid, el juicio promovido por despido, seguido ante este Juzgado con el número de autos 267 de 2009, a instancias de don Roberto Mayorga González y don Rafael González Esteban, asistidos del letrado señor don Juan de la Lana Pérez, frente a la empresa “La Zaranda de Yecla, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación de Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente Fallo Que estimando la demanda de despido entablada por don Roberto Mayorga González y don Rafael González Esteban, contra la empresa “La Zaranda de Yecla, Sociedad Limitada”, declaró improcedente el despido de fecha 9 de enero de 2009 objeto de este procedimiento, así como la extinción de la relación laboral en la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa demandada a indemnizar a los trabajadores y a abonarles en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la presente resolución, las cantidades que para cada uno de ellos se indican a continuación: A don Roberto Mayorga González, 3.569,40 euros de indemnización y 4.164,30 euros de salarios de tramitación. A don Rafael González Esteban, 6.666,08 euros de indemnización y 4.785,90 euros de salarios de tramitación. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario corresponda a Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta Sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “La Zaranda de Yecla, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/15.163/09) |

