Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0030

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PARLA

URBANISMO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 1 de abril de 2009, adoptó, entre otros acuerdos, el siguiente:

1.  Aprobación definitiva del Plan Especial de Desarrollo del Sistema General 1 (SG-1) del Sector número 5 del Plan General de Ordenación Urbana de Parla, debiendo ser tenido en cuenta los condicionantes que se recogen en los informes preceptivos de los distintos organismos informantes.

2.  La propiedad del suelo la obtendrá el Ayuntamiento a la aprobación del Proyecto de Compensación, dentro de cuyo ámbito harán efectivos sus derechos los propietarios del suelo del SG-1 del Sector.

3.  Que por la Secretaría General o funcionario autorizado diligencie los planos y documentos.

4.  Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra este acto que pone fin a la vía administrativa podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción del mismo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo.

Potestativamente podrá contra dicho acto interponer previamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción del mismo (artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas).

Parla, a 22 de abril de 2009.—La concejala-delegada del Área de Presidencia, Urbanismo, Actividades Nuevas Tecnologías y Desarrollo Local y Comercial, Laura Cillero Perfecto.

(03/16.025/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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