Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090525-0031

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OFERTAS DE EMPLEO

BASES DE CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE DOS PLAZAS DE TRABAJADOR SOCIAL (PERSONAL FUNCIONARIO)

Primera.  Objeto de la convocatoria

1.1.  Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas de trabajador social (códigos 1020 y 1017) encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, grupo A, subgrupo A2, nivel de complemento de destino 20, vacante en la relación de puestos de trabajo, en la plantilla y en la Oferta de Empleo Público de 2008. El número de plazas a cubrir podría ampliarse de producirse nuevas vacantes antes de concluir el presente proceso selectivo.

El presente proceso selectivo servirá para la confección de una eventual lista de espera para posibles vacantes de la plaza/puesto que se produzcan en la plantilla.

1.2.  La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Ley 30/1992, de 26 de noviembre; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y Ley 7/2007, de 12 de abril, así como en la restante legislación aplicable al personal funcionario al servicio de la Administración Local y a las normas de esta convocatoria.

1.3.  El procedimiento de selección de las/los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.4.  Las funciones propias de la plaza serán entre otras, las siguientes:

— Conocer y evaluar las necesidades de la población y la disponibilidad de carácter social, para prevenir las desigualdades que conducen a la marginación social.

— Planificar, coordinar, programar, evaluar y gestionar intervenciones de carácter social, para prevenir las desigualdades que conducen a la marginación social.

— Ejecución de programas de intervención social incidiendo en el individuo, su entorno familiar y la comunidad.

— Información correcta a los ciudadanos sobre sus derechos y los recursos sociales existentes, al tiempo que reciben asesoramiento técnico en cuanto a la solución de las demandas planteadas.

— Análisis y estudio de las necesidades detectadas en la población atendida, en orden a priorizar programas.

— Realización de entrevistas (centro o domicilio del usuario) para obtener la información pertinente, al objeto de controlar y evaluar la demanda planteada, así como la intervención social del profesional.

— Supervisión y asesoramiento de alumnos de trabajo social en prácticas.

— Elaborar y proponer para su aprobación, al jefe de sección, las programaciones y memorias correspondientes a sus programas de actuación.

— Análisis y estudio de las necesidades detectadas en sus programas de actuación, tanto técnica como humana, proponiendo al jefe de sección las medidas adecuadas para el perfecto desarrollo de dichos programas.

— Proponer al jefe de sección y participar en los planes de formación y reciclaje que se elaboren para tal fin, en función de sus propias necesidades.

— Proponer, participar y elaborar investigaciones y publicaciones de cuantos proyectos, programas, artículos..., que se considere para el desarrollo técnico-profesional de la propia unidad y/o para el Ayuntamiento en general.

— Representar a la Sección de Servicios Sociales en todos aquellos organismos, instituciones, consejos, comisiones, etcétera, que le vengan definidos por el jefe de sección.

— Estudiar y proponer al jefe de sección cuantos proyectos o programas de actuación se consideren como vías positivas, o interesantes; según las directrices técnicas establecidas por el jefe de sección.

— Participar con el personal adscrito a su unidad, posibilitando la constitución y consolidación de su equipo de trabajo y manteniendo un clima de trabajo en el centro de servicios sociales óptimo y de participación.

Segunda.  Requisitos de los/as aspirantes

Para ser admitidas/os a la realización de las pruebas selectivas, las/los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Persona española o ciudadana de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de diplomado en trabajado social o haber abonado los derechos para su obtención.

d) Conocimientos y experiencia en el manejo de programas de ofimática.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión. Una vez nombrado funcionario no podrá ejercer otras actividades que sean incompatibles con el ejercicio del cargo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa sobre incompatibilidades de los funcionarios.

g) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo, escala o categoría profesional objeto de la convocatoria.

Las/los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de convocatoria antes del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera.  Documentación y presentación de las solicitudes

3.1.  Documentación: las instancias solicitando tomar parte en el concurso se presentarán en el Registro Municipal y se dirigirán al alcalde-presidente, haciendo constar en ellas que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda.

A las solicitudes deberá acompañarse copia del documento nacional de identidad, copia del recibo bancario de haber ingresado los derechos de examen, copia de la titulación exigida en la convocatoria y currículum vítae, junto, en su caso, con la documentación acreditativa de los méritos correspondientes, de acuerdo a los apartados y baremos de la base quinta, detallando estudios, cursos, experiencia profesional, conocimiento y manejo de programas informáticos, etcétera. A efectos de las calificaciones solo serán tenidos en cuenta los méritos probados con documentos originales o copias compulsadas. Dicha compulsa podrá realizarse en el registro de la Administración Pública en la que se presente la solicitud.

3.2.  Derechos de participación en el proceso selectivo: los derechos de examen se fijan, con carácter general, en la cantidad de 28,35 euros.

Para personas con minusvalía igual o superior al 33 por 100, la tasa será de 21,26 euros.

Si la minusvalía fuera superior al 50 por 100, la tasa será de 14,17 euros.

Y en caso de pertenecer a una familia numerosa será de 14,17 euros.

En estos supuestos especiales deberá acreditarse la condición de minusválido/a o de familia numerosa tal y como se regula en la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, de tasas por servicios de tramitación y expedición de documentos.

Los importes correspondientes deberán ingresarse en alguna de las siguientes cuentas bancarias a nombre del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes:

“Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”: 0182-5638-88-0203001640.

“Caja Madrid”: 2038-2238-67-6000413913.

En el momento de realizar el ingreso, además de indicar el nombre del aspirante, se añadirá: “Para participar en las pruebas selectivas de trabajador social”.

3.3.  Plazo: el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, después de haberse publicado íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes también podrán presentarse por correo en la forma determinada en el artículo 38.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3.4.  Lista de admitidos/as: expirado el plazo de presentación de solicitudes, la concejala-delegada de Función Pública, Recursos Humanos, Organización, Calidad, Nuevas Tecnologías, Seguridad y Circulación en el plazo máximo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidas/os y excluidas/os (con mención expresa del motivo de exclusión, en su caso), que se hará pública en el tablón de anuncios y en la web municipal www.ssreyes.org concediéndose a las/los aspirantes un plazo de diez días a efectos de reclamaciones o subsanación de errores.

Transcurrido dicho plazo, la concejala-delegada de Función Pública, Recursos Humanos, Organización, Calidad, Nuevas Tecnologías, Seguridad y Circulación adoptará una nueva resolución con la lista definitiva de admitidas/os y excluidas/os. La misma resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contendrá también la composición nominal del tribunal calificador con sus titulares y suplentes, además del lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas selectivas.

Cuarta.  Tribunal calificador

4.1.  El tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente/a: un funcionario/a municipal propuesto por la Concejalía de Función Pública.

Vocales: cuatro funcionarios/as municipales propuestos por la Concejalía de Función Pública.

Secretario/a: será el de la Corporación o funcionario/a de la misma en quien delegue.

En caso de que el/la secretario/a de la Corporación resultase designado presidente/a o vocal del tribunal, se nombrarían dos funcionarios/as municipales como secretario/a titular y suplente del mismo.

Los/las vocales miembros del tribunal calificador deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4, apartado e), del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

4.2.  Recusación y abstención: los/las aspirantes podrán recusar a los/las miembros del tribunal, y estos abstenerse, cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El/la presidente/a del tribunal podrá nombrar asesores técnicos que colaboren en el proceso selectivo.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del presidente/a y el/la secretario/a y la asistencia, como mínimo, de tres de los miembros titulares o suplentes.

Quinta.  Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos partes: oposición y concurso.

Fase de oposición.—Constará de tres ejercicios eliminatorios: la fase de oposición, tendrá carácter eliminatorio y constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: este ejercicio consistirá en contestar a un cuestionario compuesto por 100 preguntas sobre el programa que figura como anexo a estas bases.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento veinte minutos.

Estos cuestionarios estarán compuestos por preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Las respuestas erróneas serán penalizadas con 0,033 puntos.

Segundo ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar, que corresponderán al grupo de materias específicas.

Tercer ejercicio: consistirá en la resolución de un caso práctico relacionado con las funciones propias de la plaza a cubrir. Este ejercicio se realizará con tratamiento de textos Word.

Fase de concurso.—En esta fase se valorarán los méritos alegados por los/las aspirantes que hayan superado los ejercicios en la fase de oposición, de acuerdo al siguiente baremo:

A) Experiencia profesional: por haber desempeñado trabajos profesionales relacionados con las funciones propias de la plaza y relacionadas con el punto 1.4 hasta un máximo de 3 puntos. Se valorarán los trabajos realizados directamente en la Administración Pública: 1 punto por año trabajado y debidamente justificado.

A efectos de su comprobación es necesaria la presentación del certificado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, junto, en su caso, con los contratos y/o certificados que acrediten la categoría laboral.

B) Formación técnica: por haber realizado formación de posgrado en servicios sociales, y/o relacionados con la funciones a realizar dentro del campo de la intervención social expedido por organismos públicos hasta un máximo de 3 puntos (0,10 puntos por cada veinte horas lectivas). Los másteres específicos, de al menos 400, se valorarán hasta un máximo de 2 puntos.

C) Otros conocimientos: por la acreditación de otros méritos no señalados en los apartados anteriores y relacionados con las funciones del puesto a cubrir, hasta 2 puntos.

El tribunal podrá requerir a los aspirantes para la realización de una entrevista a fin de ampliar los datos profesionales señalados en su currículum o en los requisitos necesarios para acceder a esta plaza.

Sexta.  Calificación del proceso selectivo

6.1.  Cada uno de los dos ejercicios de la fase de oposición será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los/las aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 en cada uno de ellos.

La puntuación final de la fase de oposición será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquel, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio.

La fase de concurso, que valorará los méritos de los/las aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se calificará de 0 a 8 puntos.

6.2.  Calificación definitiva y orden de colocación de los aspirantes: la calificación definitiva de los/las aspirantes se hallará por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

El orden de colocación de los/las aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se establecerá de mayor a menor puntuación.

Séptima.  Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas

7.1.  Llamamiento y orden de actuación de los/las aspirantes: los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo para el tercer ejercicio, en el que el tribunal podrá hacerlo de forma fraccionada de acuerdo a las disponibilidades y capacidad de la sala de ordenadores en que se desarrollen las pruebas.

Salvo en casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un/una aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido/a en consecuencia del procedimiento selectivo.

Octava.  Lista de seleccionados y propuesta del tribunal

8.1.  Publicación de la lista de aprobados: concluida la calificación de las pruebas selectivas, el tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, no pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas.

8.2.  Elevación de la lista y acta de la última sesión: concluido el proceso selectivo, el secretario del tribunal calificador elevará a la concejala de Función Pública, Recursos Humanos, Organización, Calidad y Nuevas Tecnologías, propuesta de nombramiento como funcionarios/as de carrera a los/las aspirantes de mayor puntuación. Al propio tiempo le enviará el acta de la última sesión. El nombramiento como funcionario/a de carrera, así como la posterior toma de posesión, solo se producirá una vez que el aspirante propuesto haya presentado en el Ayuntamiento los documentos acreditativos a que se refiere la base segunda.

Novena.  Presentación de documentos, nombramiento y toma de posesión

9.1.  Los/las aspirantes propuestos presentarán en el Registro del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia autentificada u original del título académico referido en la base 2.c) o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Declaración jurada de poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las funciones propias de la plaza.

9.2.  El plazo de presentación de estos documentos será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio final del proceso selectivo.

9.3.  Excepciones: quienes tuvieran la condición de funcionarios/as públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del organismo del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias concurran en su expediente personal.

9.4.  Falta de presentación de documentos: los/as aspirantes propuestos que dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá tomar posesión de su puesto y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

9.5.  Nombramiento y toma de posesión: concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere el apartado anterior, la concejala de Función Pública, Recursos Humanos, Organización, Calidad y Nuevas Tecnologías, procederá al nombramiento como funcionario/a de carrera hasta el límite de plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente. La fecha de posesión como funcionario/a del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes se efectuará en la fecha que posteriormente se acuerde.

Décima.  Incidencias

Para lo no dispuesto en estas bases, se estará a lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de mayo; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y demás normas concordantes.

ANEXO

TEMARIO

Materias comunes

1.  La Constitución española de 1978. La Constitución como texto normativo. Derechos y deberes fundamentales.

2.  Las Cortes Generales. El defensor del pueblo, Tribunal de Cuentas y órganos análogos de las Comunidades Autónomas.

3.  El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. La nueva organización de la Administración de Justicia.

4.  El Gobierno en el sistema constitucional español, composición y funciones.

5.  La Administración Pública y la Administración del Estado.

6.  La Comunidad Autónoma de Madrid. Origen y características. Instituciones de Gobierno. Organización y competencias.

7.  El acto administrativo I: concepto, elementos, clases, eficacia, ejecutividad, notificación y suspensión.

8.  El acto administrativo II: invalidez, nulidad, anulabilidad, convalidación, conversión e irregularidades no invalidantes.

9.  El procedimiento administrativo y sus fases. Silencio administrativo. Concepto y efectos.

10.  Ley 7/2007: clases de personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y deberes de los empleados/as públicos/as. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Materias específicas

1.  Historia y evolución de los sistemas de protección social en España.

2.  El sistema público de Servicios Sociales en el marco de una política de bienestar social.

3.  La política social en el marco europeo. Del Tratado de Roma a Ámsterdam. La cumbre de Lisboa 2000. Los Planes Nacionales de Inclusión.

4.  La Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

5.  La organización de los Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid. Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Estructura y Competencias. Recursos y funciones.

6.  Los Servicios Sociales como sistema público de protección: principios, objetivos, criterios de actuación, niveles de actuación y áreas de competencia.

7.  El plan concertado de prestaciones básicas de Servicios Sociales. Administraciones implicadas.

8.  Régimen jurídico de conciertos, convenios y subvenciones de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

9.  Los Centros de Servicios Sociales estructura funcional. Atención primaria y especializada.

10.  Los Centros de Servicios Sociales: Organización y Programas. Circuito de Atención al Ciudadano.

11.  Las necesidades sociales: concepto, características y tipología. Las necesidades sociales de la Comunidad de Madrid.

12.  El trabajo social como disciplina: nacimiento y desarrollo. El trabajo social en el conjunto de las Ciencias Sociales.

13.  Planteamientos metodológicos actuales del trabajo social. Fases. La supervisión en el trabajo social.

14.  El trabajo social en relación con otras profesiones relacionadas con la atención social: psicólogo, educador social, mediador. Rol y funciones.

15.  Fundamentos, principios y funciones básicas del trabajo social. Código deontológico del trabajador social.

16.  Ley 39/2006, del 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

17.  La Ley de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid. Empresas de Inserción. Los procesos de exclusión.

18.  Las organizaciones no gubernamentales y su papel en la acción social. Evolución histórica y situación actual.

19.  El voluntariado social. Aspectos legales. Estatuto jurídico del voluntariado. Su papel en los servicios sociales.

20.  El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Estructura, funciones y recursos.

21.  Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), funciones y prestaciones.

22.  Instituto Nacional de Empleo: funciones y prestaciones.

23.  IMSERSO: competencias, funciones y prestaciones.

24.  Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad de los menores. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.

25.  La familia y los menores en conflicto social. Aspectos sociales. Actuación del trabajador social.

26.  Ley de Garantías de la Comunidad de Madrid. Aspectos psicológicos y sociales en la atención de menores.

27.  Marco legislativo en materia de protección del menor: guarda y tutela. Acogimiento familiares, adopción.

28.  El Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF). Funciones y competencias. El Defensor del Menor.

29.  Adolescencia y juventud. Aspectos psicológicos y sociales. Los Consejos Locales de Atención a la Infancia y Adolescencia. Actuación del trabajador social.

30.  Mujeres en situación de dificultad social. Violencia de Género.

31.  Programas y recursos de atención a la mujer. Aspectos legales y sociales. Políticas de Igualdad.

32.  Programas y prestaciones para discapacitados. Plan de Acción para Personas con Discapacidad de la Comunidad de ­Madrid.

33.  Discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales. Aspectos físicos, psicológicos y sociales. Actuación del trabajador social.

34.  Ex reclusos. Aspectos legales y sociales. Los Servicios Sociales Penitenciarios.

35.  Las personas sin hogar. Aspectos físicos, psicológicos y sociales. Actuación del trabajador social.

36.  Minorías étnicas e integración social. Aspectos sociodemográficos y culturales. Actuación del trabajador social.

37.  La población inmigrante. Refugiados y asilados. Legislación aplicable. Trabajo social con estos colectivos.

38.  La Cooperación Internacional para el Desarrollo en las Administraciones Públicas.

39.  La enfermedad mental. Aspectos sociales y legales. Actuación del trabajador social.

40.  La intervención de los Servicios Sociales en situaciones de urgencia y emergencia social. El SAMUR Social. Papel del trabajador social.

41.  El análisis sociodemográfico de la Comunidad de Madrid. La nueva sociedad intercultural. Implicaciones para los Servicios Sociales y para el trabajo social.

42.  La vivienda en la Comunidad de Madrid: situación y características. Organismos competentes. La vivienda como factor de integración social.

43.  Análisis del sistema socioeducativo en la Comunidad de Madrid. Competencias municipales. Programas socioeducativos. Papel del trabajador social.

44.  Análisis del sistema de salud de la Comunidad de Madrid. Competencias municipales. Programas sociosanitarios. Papel del trabajador social.

45.  Análisis de la situación de desempleo en la Comunidad de Madrid. Aspectos legales. Papel del trabajador social.

46.  La atención social a la población inmigrante en los Servicios municipales. Programas, atenciones y recursos.

47.  Servicios de Atención Domiciliaria en los Servicios Sociales Municipales. Objetivos, criterios, actuaciones y recursos. El rol del auxiliar domiciliario.

48.  La planificación y la programación en los Servicios Sociales. Técnicas de investigación aplicadas al trabajo social.

49.  La evaluación de los programas y proyectos sociales en el marco de la Atención Social Primaria. Técnicas e indicadores a tener en cuenta.

50.  Técnicas de documentación y registro de la información. Los sistemas de información al servicio de la atención social. Las nuevas tecnologías de la información aplicadas al trabajo social.

51.  La técnica de la entrevista individual/familiar aplicada al trabajo social. La entrevista en el contexto de la Atención Social Primaria y la Atención Social Especializada.

52.  Técnicas de trabajo social grupal. Aplicación a los Servicios Sociales de Atención Social Primaria y de Atención Social Especializada.

53.  Técnicas de trabajo social comunitario. Trabajo con redes comunitarias. Aplicación a los Servicios Sociales de Atención Primaria.

54.  El equipo interdisciplinar. Técnicas de trabajo en equipo. Técnicas de preparación y desarrollo de reuniones. Aplicación a los Servicios Sociales Municipales.

55.  Técnicas de programación y gestión presupuestaria. Aplicación a los programas y proyectos sociales de los Servicios Sociales Municipales.

56.  La sociedad civil y los Servicios Sociales. Entidades de la iniciativa social. Asociacionismo y participación ciudadana. Implicaciones para el trabajo social.

57.  La calidad como estrategia y como técnica. Concepto y modelos. La calidad aplicada a la atención social. La satisfacción de los usuarios y la calidad total.

58.  La Ley de Mediación. El mediador intercultural. Tipos de mediación.

59.  Investigación social cuantitativa: técnicas y aplicaciones en trabajo social.

60.  Investigación social cualitativa: técnicas y aplicaciones en trabajo social.

En San Sebastián de los Reyes, a 27 de abril de 2009.—La concejala-delegada de Recursos Humanos, Organización, Calidad, Nuevas Tecnologías, Seguridad y Circulación, Natalia de Bartolomé Bertolín.

(02/5.819/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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