Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090525-0270

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GETAFE

OFERTAS DE EMPLEO

Por la presente se publica:

“En Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 23 de abril de 2009, se aprobaron las siguientes:

Modificaciones a las bases específicas para la selección de personal funcionario del Ayuntamiento de Getafe, referidas a la convocatoria para cubrir ocho plazas de cabo de la Policía Local pertenecientes, dos, a la OPE de 1999; una, a la OPE de 2002; una, a la OPE de 2005, y cuatro a la OPE de 2007, por el sistema se- lectivo de concurso-oposición, promoción interna

Estas bases fueron aprobadas por Junta de Gobierno Local de fecha 5 de febrero de 2009 y publicadas en los BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fechas 11 y 20 de marzo de 2009 y se modifican en los siguientes apartados:

Base primera.  Requisitos

Apartado k), donde dice: “Tener un mínimo de dos años de antigüedad como funcionario o funcionaria de carrera en la categoría de Policía Local del Ayuntamiento de Getafe”.

Debe decir: “Tener un mínimo de dos años de antigüedad como funcionario o funcionaria de carrera en la categoría de Policía Local”.

Se incorpora el siguiente texto: “Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por el aspirante el día que finalice el plazo para la presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo, a excepción de lo relativo a la posesión de los permisos de conducir, debiendo acreditarse el permiso de conducción de la clase B en el plazo señalado anteriormente con carácter general para el resto de los requisitos, y dos años de experiencia mínima en la conducción de motocicletas a que autoriza el permiso de la clase A, así como la autorización para conducir vehículos prioritarios (BTP) antes de la finalización del curso selectivo de formación”.

“La experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas podrá sustituirse por un curso específico teórico y práctico impartido por la Escuela Oficial de Policía que cuente con autorización de la Dirección General de Tráfico”.

Base tercera.  Procedimiento de selección

El apartado 3.1.1 queda redactado del siguiente modo:

“3.1.1.  Fase de concurso: se valorarán exclusivamente los méritos alegados por los y las aspirantes junto con las instancias. Se valorarán los méritos hasta la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias conforme al siguiente baremo:

a) Experiencia: se valorará el servicio prestado como funcionario o funcionaria de carrera en propiedad en la categoría de policía de la Policía Local, a excepción de los dos años de antigüedad exigidos en la convocatoria, a razón de 0,33 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 2,31 puntos.

b) Formación: se valorarán los cursos de actualización y especialización profesional. Solo se tomarán en consideración los cursos certificados por Escuelas de Policía dependientes de las Administraciones Públicas, o cursos de manifiesto interés policial o relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo impartidos por organismos oficiales, Ayuntamiento de Getafe, Jefatura de Policía Local, sindicatos o entidades debidamente reconocidas, hasta un máximo de 1,80 puntos. También se considerarán como de interés policial los cursos relacionados con el lenguaje de signos, idiomas e informática.

— Inferiores a cuarenta horas: 0,20 puntos.

— De cuarenta y hasta setenta y nueve horas: 0,40 puntos.

— De ochenta horas y hasta ciento diecinueve horas: 0,80 puntos.

— De ciento veinte horas y hasta ciento cincuenta y nueve horas: 1,20 puntos.

— De ciento sesenta horas y superiores: 1,60 puntos.

Aquellos cursos en cuyos certificados no se especifique el número de horas lectivas, se puntuarán con 0,20 puntos.

c) Titulación académica:

— Por estar en posesión del título de licenciado o equivalente: 0,64 puntos.

— Por estar en posesión del título de diplomado o equivalente: 0,45 puntos.

— Por estar en posesión del título de Bachiller Superior, FP II o equivalente: 0,30 puntos.

Solo se valorará la titulación superior.

d) Felicitaciones: por felicitaciones individualizadas de la Alcaldía-Presidencia, Concejalía-Delegada del Área, Comisión de Gobierno o Pleno, Comunidad de Madrid, Administración General del Estado o de la Jefatura de Policía Local, 0,05 puntos por cada una, hasta un máximo de 0,25 puntos.

Se sumarán a los puntos obtenidos en la formación, la experiencia, titulación académica y felicitaciones hasta alcanzar el máximo permitido en la fase de concurso.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y la puntuación total máxima que se podrá obtener será del 25 por 100 respecto a la máxima posible de la fase de oposición, es decir, 5 sobre 20, independientemente de la puntuación que obtenga el opositor en la fase de oposición”.

En el apartado 3.1.3, “Calificación de la fase de oposición”, donde dice: “La nota final de la prueba de conocimientos se obtendrá con la suma de los dos ejercicios, por tanto este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos”.

Debe decir: “La nota final de la prueba de conocimientos se obtendrá con la media aritmética de los dos ejercicios, por tanto este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 10 puntos” .

Base séptima.  Tribunal calificador

Se modifica la composición del tribunal calificador, quedando del siguiente modo:

“Presidente:

— Titular: don Francisco López Luengo, suboficial del Cuerpo de Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

Suplente: don Pedro Cervel Lobo, suboficial del Cuerpo de Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

Vocales:

— Titular: don Paulino León del Barco, suboficial del Cuerpo de Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

Suplente: don Octavio Egea Puertas, suboficial del Cuerpo de Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

— Titular: don Ramón Ruiz Rodríguez, suboficial del Cuerpo de Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

Suplente: don Pablo Fernández Martín, sargento del Cuerpo Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

— Titular: doña Esmeralda Alcalde Martín, sargenta del Cuerpo de Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

Suplente: don Leonardo García del Río, sargento del Cuerpo de Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

— Titular: don José Antonio López Constante, técnico de apoyo Área Seguridad.

Suplente: don Agustín Martínez Gallego, técnico de apoyo Área Seguridad.

— Titular: doña María Jesús Ibáñez Puerta, jefa de Sección de Selección y Formación.

Suplente: don Florentino Rodríguez López, jefe de Servicio de Personal.

— Titular: doña Encarnación Iglesias Sánchez, policía local.

Suplente: don Fernando Moreno Pastrana, policía local.

— Titular: don Francisco Aznar Dugnol, policía local.

Suplente: don Francisco Florián Pizarro Cerro, policía local.

Vocal secretario:

— Titular: doña Concepción Muñoz Yllera, secretaria general del Ayuntamiento de Getafe.

Suplente: doña Isabel Mónica Ayuso García, oficial mayor del Ayuntamiento de Getafe”.

ANEXO I

Se modifica el anexo I en su apartado 4.6, “Cuadro de calificación prueba de natación 25 metros (hombres y mujeres)”, quedando del siguiente modo:

Cuadro de calificación prueba natación 25 metros (hombres)
(Medición realizada en segundos y décimas de segundo)

Cuadro de calificación prueba natación 25 metros (mujeres)
(Medición realizada en segundos y décimas de segundo)

Lo que se publica para general conocimiento.

Getafe, a 27 de abril de 2009.—El concejal-delegado adjunto de Función Pública y Prevención de Riesgos Laborales, Enrique J. Heras Moreno.

(02/5.285/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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