Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-05-2009

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090526-0005

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación

1733 RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se corrigen errores materiales en la Resolución de 24 de abril de 2009, por la que se convocan plazas de Asesores de Formación Permanente del Profesorado en el Centro Regional de Innovacion y Formación “Las Acacias” y en los Centros Territoriales de Innovación y Formación de Madrid-Capital, Madrid-Este, Madrid-Norte, Madrid-Oeste y Madrid-Sur.

Detectados errores materiales en la Resolución de 24 de abril de 2008, del Director General de Recursos Humanos, por la que se corrige la Resolución de 24 de abril de 2009, por la que se convocan plazas de Asesores de Formación Permanente del Profesorado en el Centro Regional de Innovacion y Formación “Las Acacias” y en los Centros Territoriales de Innovación y Formación de Madrid-Capital, Madrid-Este, Madrid-Norte, Madrid-Oeste y Madrid-Sur (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), esta Dirección General resuelve corregirlos en los siguientes términos:

Primero

En la página 76, Base Segunda. Candidatos. 1. Donde dice: «Podrán solicitar las plazas del Centro Regional de Innovación y Formación “Las Acacias”, relacionadas con el Anexo II»; debe decir: «Podrán solicitar las plazas de los Centros Territoriales de Innovación y Formación y al Centro Regional de Innovación y Formación “Las Acacias”, relacionadas en el Anexo II».

Segundo

En la página 76, Base Segunda. Candidatos. 2. Donde dice: “No podrán participar aquellos docentes que han disfrutado en los cursos 2007-2008 ó 2008-2009 de Licencia por Estudios y a cuantos estén en circunstancias similares”; debe decir: “No podrán participar aquellos docentes que han disfrutado en los cursos 2007-2008 ó 2008-2009 de Licencia por Estudios y cuantos estén en circunstancias similares”.

Tercero

En la página 76, Base Tercera. Requisitos. c) Donde dice: “Haber ejercido como funcionario de carrera la docencia directa en un centro escolar o en los servicios de apoyo en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica o en Equipos de Atención Temprana”; debe decir: “Haber ejercido como funcionario de carrera o laboral docente fijo la docencia directa en un centro escolar o en los servicios de apoyo en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica o en Equipos de Atención Temprana”.

Cuarto

En la página 76, Base Cuarta. Apartado B) 2. Donde dice: “A las plazas vacantes en el Departamento de Formación Profesional podrán acceder Catedráticos y Profesores Técnicos de Formación Profesional”; debe decir: “A las plazas vacantes en el Departamento de Formación Profesional podrán acceder Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria con especialidades de Formación Profesional y Catedráticos y Profesores Técnicos de Formación Profesional”.

Quinto

En la página 80, Anexo II.—Relación de asesorías vacantes en los Centros Territoriales de Innovación y Formación. Curso 2009-2010:

Donde dice:

ANEXO III

BAREMO

(03/16.525/09)

Debe decir:

Sexto

En la página 82, el “Anexo III.—Baremo” debe ser sustituido por el “Anexo III.—Baremo” que se adjunta a esta Resolución.

Madrid, a 12 de mayo de 2009.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel Zurita Becerril.

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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