Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090526-0132
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A) Disposiciones Generales Consejería de Educación
La Educación Infantil es una etapa única, que abarca de los cero a los seis años, de carácter voluntario, y que se ordena en dos ciclos, el primero de cero a tres años y el segundo de los tres a los seis años de edad. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que las Administraciones Públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil a través de la celebración de convenios de colaboración con las Corporaciones Locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid establece, en su artículo 29, que corresponde a la Comunidad de Madrid la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, promueve la creación de centros en el marco de la red pública de centros de Educación Infantil. En el momento actual y con objeto de dar una mayor cobertura a la demanda de plazas escolares para niños menores de tres años es necesaria la creación de nuevos centros públicos de Educación Infantil en diferentes municipios de la Comunidad de Madrid. Mediante el presente Decreto se crean tres escuelas infantiles. Los nuevos centros se encuentran incluidos en las previsiones de la programación educativa para la zona en la que se ubican, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y dentro del marco de la participación de la Administración Local en la programación de la enseñanza y en la cooperación con la Administración educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.2.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 y en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su reunión del día 14 de mayo de 2009, DISPONE Primero Crear las Escuelas Infantiles de titularidad del Ayuntamiento de Madrid que se describen en el Anexo. Segundo Las Escuelas mencionadas en el Anexo se regirán por el convenio suscrito entre la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, en cuanto al régimen económico y de funcionamiento de las mismas. Los efectos económicos del presente Decreto se producirán a partir de la fecha de puesta en funcionamiento de los centros. Tercero La capacidad máxima de las unidades del primer ciclo en funcionamiento, en cada curso, no podrá exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de las ratios que, en cuanto a superficie mínima requerida por puesto escolar y número máximo de alumnos por unidad, según la edad de los niños escolarizados, se determinan en el artículo 8 del Decreto 18/2008, de 6 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Cuarto Se autoriza a la Consejera de Educación a adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Decreto. Quinto El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 14 de mayo de 2009. La Consejera de Educación, La Presidenta, LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA ANEXO ESCUELAS INFANTILES DE TITULARIDAD MUNICIPAL Escuela Infantil “Las Mercedes”. Madrid-San Blas, número 6. Titularidad: Ayuntamiento de Madrid. Código: 28070652. Domicilio: Calle Samaniego. Municipio: Madrid. Composición: Ocho unidades de primer ciclo de Educación Infantil. Escuela Infantil “Cielo Azul”. Madrid-Vicálvaro, número 3. Titularidad: Ayuntamiento de Madrid. Código: 28070664. Domicilio: Avenida de Indalecio Prieto. Municipio: Madrid. Composición: Ocho unidades de primer ciclo de Educación Infantil. Escuela Infantil “Amanecer”. Madrid-Vicálvaro, número 4. Titularidad: Ayuntamiento de Madrid. Código: 28070913. Domicilio: Calle del Titanio. Municipio: Madrid. Composición: Ocho unidades de primer ciclo de Educación Infantil. (03/16.790/09) |

