Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090527-0121

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 19
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.721 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 81 de 2009

En Madrid, a 27 de abril de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Isabel Ferrer-Sama Pérez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 19 de Madrid, los autos de juicio verbal número 1.721 de 2008, seguidos a instancias del procurador don Gustavo Gómez Molero, en nombre y representación de doña María José Hernández Díaz, asistida por el letrado don José Antonio Rozalén Villaseñor, contra doña Martha Dominga López Balóyez en rebeldía, sobre desahucio por falta de pago de la renta.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Gustavo Gómez Molero, en nombre y representación de doña María José Hernández Díaz, contra doña Martha Dominga López Balóyez, en rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el día 1 de marzo de 2001, condenando a la demandada a que desaloje la vivienda sita en avenida de la Albufera, número 20, piso segundo izquierda, de Madrid, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la parte actora, con apercibimiento de que de no hacerlo será lanzada a su costa, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la ilustrísima Audiencia Provincial conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y según el artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Martha Dominga López Balóyez se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(02/5.915/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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