Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090527-0129
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 52 DE MADRID EDICTO En los autos de procedimiento ordinario número 671 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia En Madrid, a 27 de noviembre de 2008.—La ilustrísima señora doña María Teresa Santos Gutiérrez, magistrada-juez titular de primera instancia del número 52 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 671 de 2007, a instancias de doña Crescenta Martín Rodríguez, don Raúl Jiménez Martín, doña María Ángeles Jiménez Martín y don Rubén Jiménez Martín, contra “Hogares y Locales, Sociedad Anónima”, se ha dictado la siguiente resolución: Fallo Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Javier del Campo Moreno, en nombre y representación de doña Crescenta Martín Rodríguez, don Raúl Jiménez Martín, doña María Ángeles Jiménez Martín y don Rubén Jiménez Martín, frente a “Hogares y Locales, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la parte demandada a elevar a escritura pública el contrato de compraventa de fecha 10 de abril de 1971, otorgando escritura pública de venta a favor de doña Crescenta Martín Rodríguez, don Raúl Jiménez Martín, doña María Ángeles Jiménez y don Rubén Jiménez Martín, según sus respectivos títulos de propiedad acreditados en este procedimiento, bajo apercibimiento de que de no hacerlo la demandada se procederá de oficio a otorgar en su nombre la correspondiente escritura, imponiéndole, igualmente, a la demandada las costas causadas en el presente procedimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interpone recurso de apelación, el cual se preparará por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación a “Hogares y Locales, Sociedad Anónima”, se expide la presente en Madrid, a 31 de marzo de 2009.—El secretario (firmado). (02/5.987/09) |

