Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090528-0063

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

Habiendo sido aprobada por este Ayuntamiento, en sesión de Junta de Gobierno Local celebrada el día 21 de abril de 2009, la iniciación del expediente sobre permuta forzosa para captación de terrenos destinados a red pública de espacios libres, denominados Eras del Silo, se hace pública la relación de propietarios y terrenos afectados, con indicación de los aprovechamientos urbanísticos que corresponden a los propietarios y terrenos pertenecientes al Patrimonio Municipal de Suelo que van a ser permutados, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, cuya descripción es la que sigue:

Finca registral número 42.183, al folio 23 del tomo 3.989 del archivo, libro 502 de la Sección Centro de esta ciudad, anteriormente y por cambio de sección figuró inscrita como registral número 4.393, al folio 152 del tomo 1.300 del archivo, libro 93 de esta ciudad.

Cuya descripción registral es como sigue:

Urbana.—Solar en la calle Parque, número 1, en esta ciudad, antes tierra rústica al sitio Campillo, Norias, Chorrillo y Capuchinos, cercada de pared en su mayor parte, en esta ciudad, descrita en la inscripción primera, con la diferencia de decirse que su cabida después de efectuadas varias segregaciones es de 12.628 metros cuadrados. Linda: al Norte, almacenes del Servicio Nacional de Cereales; Sur, fábrica de harinas de los herederos de Sergio Real y la calle del Parque; Este, finca de los hermanos Calleja Blasco, don Telesforo Llorente y don Cristóbal García, y Oeste, con la carretera de Alcalá a Daganzo.

Propietarios en la proporción que consta en el Registro de la Propiedad:

— Doña María Ignacia López-Linares García.

— Don José Luis López-Linares García.

— Doña María del Carmen Santamaría Saldaña.

— Doña Ana Isabel López-Linares Santamaría.

— Doña María del Carmen López-Linares Santamaría.

— Don Ángel López-Linares Santamaría.

— Don Francisco de Asís López-Linares Santamaría.

— Don Manuel Francisco López-Linares Santamaría.

— Doña María Victoria Martínez Leonardo.

— Doña María Victoria López-Linares Martínez.

— Doña Silvia López-Linares Martínez.

— Don Carlos López-Linares Martínez.

— Don Ignacio López-Linares Martínez.

— Congregación Esclavas del Sagrado Corazón.

— “Linares Property, Sociedad Limitada”.

Superficie afectada: 7.869 metros cuadrados.

Derechos de aprovechamiento: 7.672,52 metros cuadrados edificables de uso residencial.

Los terrenos pertenecientes al patrimonio público que van a ser permutados son los siguientes:

— Parcela número 2-1 de la UE 3-A, “Gal”, con una superficie de 1.020,31 metros cuadrados y una edificabilidad de 2.611 metros cuadrados de uso residencial, tipología colectiva. Esta edificabilidad tiene un valor unitario de 1.440 euros/metro cuadrado y un valor de 3.759.840 euros de acuerdo con el citado informe técnico.

— Parcela 14V del Sector 21-E, “Senda Perdida”, con una superficie de 5.564 metros cuadrados y una edificabilidad de 3.238 metros cuadrados de uso residencial, tipología unifamiliar. La edificabilidad tiene un valor unitario de 1.300 euros/metro cuadrados y un valor total de 4.209.400 euros.

La valoración total de las parcelas municipales a permutar es, por tanto, de 7.969.240 euros, por lo que existe una diferencia que no puede ser materializable en aprovechamiento urbanístico en la cuantía de 2.508,28 euros.

Durante el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrá ser examinado el expediente por quienes se consideren interesados y formuladas las alegaciones u observaciones que se tengan por convenientes.

Alcalá de Henares, a 5 de mayo de 2009.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(02/5.907/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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