Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090528-0073
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS FUENLABRADA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada con fecha 8 de mayo de 2009, acordó lo siguiente: Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que la Junta de Gobierno Local tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno Municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno. Visto el informe emitido por los Servicios Jurídicos de la Alcaldía-Presidencia, donde se informa favorablemente la delegación a efectuar por la Junta de Gobierno Local en la concejala de Sanidad, Consumo y Comercio para la agilización de los expedientes sancionadores en materia de consumo conforme a lo establecido por el artículo 63.1.e) de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia 807/2007, de 22 de junio, se nombró a doña Teresa Fernández González como concejala-delegada de Sanidad, Consumo y Comercio. Considerando lo establecido por el artículo 127.1.1) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, esta podrá delegar en los demás concejales las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g) y h), con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la Oferta de Empleo Público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y 1) del citado precepto. Es por todo ello, y en virtud de lo anteriormente expuesto, que se propone a la Junta de Gobierno Local: Primero.—Delegar en doña Teresa Fernández González, concejala-delegada de Sanidad, Consumo y Comercio, las competencias en materia de consumo, conforme a lo señalado por el artículo 63.1.e) de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La Junta de Gobierno Local acuerda aprobar lo anteriormente expuesto, elevándolo a la categoría de acuerdo definitivo. En Fuenlabrada, a 13 de mayo de 2009.—El secretario accidental de apoyo a la Junta de Gobierno (firmado). (03/16.092/09) |

