Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-05-2009

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090528-0030

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

1773 RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2009, del Director General de Cooperación con la Administración Local, sobre convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Secretaría General reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal en el Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Vistos los escritos de la Alcaldía-Presidencia de 5 de marzo y 3 de abril de 2009, del Ayuntamiento de Fuenlabrada, relativos a la convocatoria por el sistema de libre designación del puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal de Secretaría General de dicho Ayuntamiento.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como el informe del Área de Administración y Régimen Jurídico Local de fecha 24 de abril de 2009.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 25/2008, de 10 de abril; Decreto 77/2008, de 3 de julio, y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio,

HE RESUELTO

1.  Publicar las bases y la convocatoria para la provisión mediante el sistema de Libre Designación del puesto de trabajo de Secretaría General, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal del Ayuntamiento de Fuenlabrada, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 27 de marzo de 2009.

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE SECRETARÍA GENERAL RESERVADO A FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL VACANTE EN EL AYUNTAMIENTO
DE FUENLABRADA

Primero

Estando en la actualidad ocupado accidentalmente el puesto de trabajo correspondiente a la plaza funcionarial de habilitación estatal de Secretaría del Ayuntamiento de Fuenlabrada por funcionario de nuestra entidad, en virtud de Resolución de la Dirección General de Cooperación Local, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid de fecha 15 de diciembre de 2008, se hace preciso proceder a su cobertura definitiva, utilizando para ello el procedimiento de Libre Designación regulado en el capítulo V del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, normalizándose así la situación existente al respecto.

Segundo

La provisión que se pretende ejecutar mediante el sistema de Libre Designación tiene su fundamento normativo en la disposición adicional segunda (punto 5.2) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado, así como en el articulado del capítulo V del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de acuerdo con la redacción modificadora dada a parte del mismo, en virtud del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, configurándose como un sistema de selección excepcional, cuya utilización queda subordinada a que se cumplan los requisitos y condiciones que ambas disposiciones normativas disponen y que concurren en el presente caso en este Ayuntamiento por las siguientes razones:

— El municipio convocante tiene una población superior a 100.000 habitantes y ha sido declarado municipio de gran población por la Asamblea de Madrid.

— El puesto objeto de la convocatoria tiene asignado un nivel 30 de complemento de destino.

— La cuantía mínima del presupuesto ordinario vigente de la Corporación convocante es superior a 18.030.363,13 euros.

La Libre Designación se realizará entre funcionarios con habilitación de carácter estatal, pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior.

Tercero

Las relaciones de puestos de trabajo de este Ayuntamiento contemplan que el puesto de Secretaría General se proveerá mediante el sistema de Libre Designación, al concurrir las circunstancias indicadas en las disposiciones normativas y artículos citados, conforme a lo previsto en la Resolución de 29 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Cooperación con la Administración Local, así consta a los efectos oportunos en el órgano competente de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

La convocatoria será efectuada por la Junta de Gobierno Local y se remitirá a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid para su publicación en el diario oficial correspondiente, y remisión, a su vez, a la Dirección General para la Administración Local a los efectos de la publicación en extracto de las bases y la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Por todo ello, vengo en proponer a la Junta de Gobierno Local:

Primero

Convocar la provisión de la plaza y puesto de Secretaría General de este Ayuntamiento, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, mediante el sistema de Libre Designación, a realizar entre funcionarios de esa condición y que sean pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior (primera).

Segundo

Aprobar las bases de la convocatoria por la que se ha de regir este proceso de selección de Libre Designación, de acuerdo con la competencia que le otorgan para ello a esta Junta de Gobierno Local las disposiciones legales que anteriormente se han hecho constar en el cuerpo de este escrito.

Tercero

Ordenar la remisión de esta convocatoria a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, con objeto de que se proceda a su publicación en el diario oficial correspondiente, a los efectos previstos en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el artículo 9 del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera

Objeto de las bases

Las presentes bases tienen por objeto regir la provisión del puesto de Secretaría General del Ayuntamiento de Fuenlabrada mediante el sistema de Libre Designación, tal y como prevé la disposición adicional segunda (punto 5.2) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala de Secretaría, categoría superior (primera).

Segunda

Características del puesto

El puesto de trabajo a cubrir se encuentra incluido en las relaciones de puestos de trabajo de este Ayuntamiento y su provisión mediante la forma de Libre Designación ha sido acordada por este Ayuntamiento, en sesión y por Resolución de 29 de noviembre de 2006, del Director General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid (publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 27, de 31 de enero de 2007).

El puesto de trabajo cuya provisión se convoca tiene asignados el complemento de destino correspondiente al nivel 30 y el complemento específico anual de 29.595,59 euros. El puesto convocado requiere la correspondiente dedicación exclusiva y plena.

Tercera

Requisitos de los aspirantes

Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto en caso de ser nombrado, la pertenencia y estar integrado en la Subescala de Secretaría, categoría superior (primera).

Se requiere igualmente estar en posesión, en concreto, de la licenciatura universitaria superior en Derecho.

Cuarta

Convocatoria

La convocatoria será efectuada por la Junta de Gobierno Local y se remitirá a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, para la publicación en el diario oficial correspondiente y remisión, a su vez, a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas, a los efectos de su publicación en extracto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Quinta

Solicitudes

Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación en extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. El escrito de solicitud deberá contener todos y cada uno de los extremos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo indicación expresa del número de registro de personal, la situación administrativa en que se encuentra el puesto de trabajo, en su caso, que en la actualidad ocupe el solicitante.

A las solicitudes deberán acompañarse el currículo de los aspirantes, en el que constarán debidamente documentados los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, los títulos académicos que en cada caso se posean, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con la Administración Local y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto.

Además de las dichas e indicadas especificaciones con anterioridad, para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria se tendrá en cuenta la posesión de los siguientes aspectos, también debidamente documentados:

1.  Experiencia acreditada en el desempeño de las funciones de Secretaría en municipios cuyo presupuesto supere los 6.000.000 de euros y nivel de complemente de destino 30.

2.  Formación específica y complementaria en el ámbito de competencia del puesto.

Sexta

Nombramiento

En el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la conclusión del plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Corporación Local procederá, en su caso y previa constatación de la concurrencia de los requisitos y otros extremos meritorios exigidos en esta convocatoria, a dictar la Resolución correspondiente.

De la indicada Resolución de la Alcaldía-Presidencia se dará cuenta al Pleno Municipal y traslado de la misma a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, y a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”.

La Resolución será motivada con relación al cumplimiento por parte del candidato elegido, de los requisitos y demás especificaciones meritorias exigidas en la convocatoria, así como de la competencia para proceder al nombramiento. En cualquier caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento como fundamento de la indicada Resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Séptima

Forma y toma de posesión

El plazo posesorio será el establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

2.  Remitir la presente Resolución al Ministerio de Administraciones Públicas, a efectos de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

3.  Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Presidencia, Justicia e Interior o ante el Director General de Cooperación con la Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 24 de abril de 2009.—El Director General de Cooperación con la Administración Local, Jaime González Taboada.

(03/16.082/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090528-0030