Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-05-2009

Sección 1.3.150.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090529-0205

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejo Económico y Social

1793 RESOLUCIÓN 23/2009, de 18 de mayo, del Presidente, por la que se convoca la undécima edición de los “Premios de Investigación Consejo Económico y Social”.

El Consejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid es un órgano de participación tripartito y de carácter consultivo en materia económica y social, del que forman parte tanto interlocutores sociales como expertos designados por el Gobierno de Madrid.

Con el objetivo de promover y divulgar la realidad socioeconómica madrileña, y de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 6/1991, de 4 de abril, de Creación del Consejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid, que atribuye las competencias a su Presidente, y a lo dispuesto por la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de toda la normativa al respecto,

RESUELVO

Convocar la undécima edición de los “Premios de Investigación Consejo Económico y Social”, según lo previsto en el siguiente articulado:

Artículo 1

Objeto

Convocar los “Premios de Investigación Consejo Económico y Social” de la Comunidad de Madrid, de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras de los mismos por Resolución 17/2009, de 22 de abril, del Presidente del Consejo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 8 de mayo de 2009).

Artículo 2

Tema de la convocatoria

Los problemas actuales que afectan a la economía y a la sociedad de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Cuantía del premio

Doce mil euros (12.000 euros) para el premio ganador, con cargo al subconcepto 4829 “Formación no cofinanciada” del Programa 040: “Asesoramiento Económico y Social” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2009.

Artículo 4

Procedimiento de concesión

Concurrencia competitiva de acuerdo con los criterios recogidos en la base quinta.

Artículo 5

Requisitos que han de reunir los solicitantes y forma
de acreditarlos

Serán los recogidos en las bases tercera y cuarta.

Artículo 6

Órganos competentes para la instrucción y resolución
del procedimiento

Los recogidos en las bases sexta, séptima y octava.

Artículo 7

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.

Artículo 8

Plazo de resolución y notificación

El fallo del Jurado será emitido antes del 28 de julio de 2009, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Artículo 9

Documentos e información que deben acompañarse con la petición

Los recogidos en la base cuarta.

Artículo 10

Recursos

Contra la resolución de la convocatoria y los actos administrativos que de ella se deriven, solo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo, ante los Tribunales de dicha Jurisdicción, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición previsto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 11

Criterios de valoración

Los criterios de valoración de las solicitudes serán los recogidos en la base quinta.

Artículo 12

Notificación

La notificación se realizará conforme a lo previsto en la base octava.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—El Presidente del Consejo Económico y Social, Francisco Cabrillo Rodríguez.

(03/17.529/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.150.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090529-0205