Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090601-0159
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 23 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 97 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Valdivino Fernandes da Silva, contra don Cleyton José Viera, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es como sigue: a) Despachar la ejecución solicitada por don Valdivino Fernandes da Silva, contra don Cleyton José Viera, por un principal de 1.784,60 euros, más 133,85 euros en concepto de intereses y 178,46 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que le consten. En concreto se requiere a la parte actora para que faciliten al Juzgado el número de identificación fiscal del ejecutado o algún otro dato que permita la investigación de bienes del mismo, dado que no consta en las actuaciones y ha sido imposible la obtención del mismo con los medios de que dispone el Juzgado. c) Trabar embargo de los bienes del ejecutado en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, y una vez se ha apartado, diíjanse oficios a los pertinentes Organsmos y Registros Públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tengan constancia, y se comunique a este juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concpto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las primeras a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose el demandado en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Cleyton José Viera, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 5 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/15.737/09) |

