Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090601-0110

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VALDEMORILLO

CONTRATACIÓN

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 18 de mayo de 2009, ha acordado la aprobación de los pliegos de claúsulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que han de regir el contrato de gestión del servicio público educativo de la escuela infantil “Las Eras”, de Valdemorillo, situada en la calle Eras, de Valdemorillo, procedimiento abierto, trámite ordinario, en el cual la selección del contratista se hará atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa según varios criterios de adjudicación que se detallarán más adelante, así como el inicio del expediente de contratación correspondiente y la apertura del período para presentación de proposiciones.

El contenido esencial de esta contratación a tenor de dichos pliegos y demás documentación de referencia se indica en extracto a continuación:

Objeto de contrato: es objeto del presente contrato la gestión del servicio público de la escuela infantil citada de la Red Pública de la Comunidad de Madrid, situada en Valdemorillo, calle Eras Cerradas, según se describe en el apartado 1 del anexo 1 del pliego de claúsulas administrativas particulares y definido en el pliego de prescripciones técnicas relativo al contrato de referencia, en el que se especifican las necesidades adminsitrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta y, en su caso, en el proyecto de explotación.

Duración del contrato: será desde el 1 de septiembre de 2009 hasta el 31 de agosto de 2011. El presente contrato será susceptible de prórrogas si así lo acuerda el órgano de contratación, siendo estas obligaciones para el contratista. El tiempo máximo de duración de cada prórroga será de 3 años, sin que el plazo total del contrato incluidas las prórrogas sea superior a la duración establecida en el artículo 254 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Régimen Económico: la entidad adjudicataria percibirá, por cada plaza ocupada durante el período de liquidación que corresponda, una cantidad igual a la suma de la cuota de escolaridad y la cuota de horario ampliado (hasta tres horas), en función de su uso para cada una de las plazas, fijadas en su proposición económica. Dicha cantidad será aportada de la siguiente manera:

1.  La entidad adjudicataria deberá facturar directamente a los usuarios el importe de la cuota de escolaridad (siete horas) y, en función de su uso, de horario ampliado, establecidas anualmente para cada curso escolar por la Comunidad de Madrid mediante acuerdo de precio público. En ningún caso las cantidades facturadas a los usuarios por estos conceptos podrán ser diferentes de las establecidas en dicho acuerdo.

2.  Complementariamente, la entidad adjudicataria recibirá de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de Valdemorillo, en la proporción que corresponda, una cantidad igual a la diferencia entre la suma del importe fijado por la entidad gestora en su propuesta para las cuotas de escolaridad (siete horas) y de horario ampliado (hasta tres horas) y la suma de las cantidades recibidas de los usuarios por dichos conceptos en virtud de lo establecido en el acuerdo de precio público.

Los pagos mensuales complementarios realizados por la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Valdemorillo, como pagos estimados a cuenta, se ajustarán económicamente al finalizar cada curso escolar con una liquidación completa de los ingresos reales de cuotas de los usuarios y las incidencias en las mismas que se hayan producido a lo largo del respectivo curso escolar respecto a las cuotas de coste establecidas en el contrato de gestión.

Igualmente, la entidad adjudicataria percibirá de los usuarios el importe por ella ofertado en su proposición económica en concepto de comedor escolar siempre que sea de cuantía igual o inferior al precio privado de comedor escolar aprobado para cada curso por la Consejería de Educación. Asimismo, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Valdemorillo, en la proporción que corresponda, aportarán a la entidad gestora la diferencia entre el precio establecido anualmente, con carácter general, para el comedor escolar de los centros públicos de la Comunidad de Madrid y el precio establecido para dicho servicios por la entidad gestora, siempe y cuando este sea superior.

La entidad adjudicataria podrá percibir de los usuarios cualesquiera otras cantidades correspondientes a actividades y servicios de carácter complementario y voluntario que se realicen fuera del horario escolar, incluyendo, en su caso, horario ampliado superior a las tres horas. En ningún caso, la Comunidad de Madrid ni el Ayuntamiento de Valdemorillo aportarán a la entidad gestora cantidad alguna por dichas actividades y servicios.

Garantías: provisional, 9.000 euros, pudiendo constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público; definitiva, será la equivalente al 5 por 100 del importe de adjudicación, pudiendo constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 del mismo texto legal antes mencionado.

Capacidad para contratar. Clasificación del contratista requerida: están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica y financiera según el apartado a) del artículo 64 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales) y su solvencia técnica según el artículo 68 en relación con el apartado e) del artículo 67 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (títulaciones académicas y profesionales de la entidad gestora y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato), y no afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 49 de dicho texto legal como prohibitivas para contratar.

Presentación de proposiciones: las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Valdemorillo, en mano, en horas de nueve a catorce, y/o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos, en días de oficina, dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Formalidades y documentación: los licitadores presentarán tres sobres cerrados y firmados por sí mismos o persona que los represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos al número de referencia y la denominación del contrato al que liciten, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la entidad y su correspondiente número de identificación fiscal o cídigo de identificación fiscal. En su interior se hará constar una relación númerica de los documentos que contienen. Los sobres a presentar son los siguientes: el sobre número 1, que es el de la “Documentación administrativa”, y contendrá la documentación enumerada en el pliego de cláusulas administrativas particulares, el sobre número 2, que es el de la “Documentación técnica”, que incluirá a su vez el sobre 2-A, que contendrá la documentación relativa a criterios de adjudicación, cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, y el sobre 2-B, que contendrá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas, y el sobre número 3 es el de la “Proposición económica”, deberá ajustarse al modelo que se incluye en el pliego correspondiente; cada uno de ellos con el contenido íntegro, formalidades, requisitos y de acuerdo al modelo respectivamente exigidos en los pliegos.

Criterio de valoración de las ofertas: se valorarán, sobre un total del 100 puntos, los siguientes aspectos:

1.  Establecimiento de cuotas: hasta 40 puntos (criterio evaluable mediante fórmula).

Se valorará el importe global del proyecto por curso para el funcionamiento del centro en función de las propuestas de cuotas elaboradas por cada entidad licitadora en concepto de escolaridad (siete horas), comedor escolar y horario ampliado (hasta tres horas valorado en períodos de media hora).

— Obtendrá 40 puntos la oferta que presente el importe global del proyecto por curso más bajo.

— Obtendrá 0 puntos la oferta cuyo importe global por curso coincida con el valor máximo global del proyecto por curso.

Para las ofertas intermedias, la puntuación obtenida se calculará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

Px = [40 ´ (Oferta 0 - Oferta x] / (Oferta 0 - Oferta 1)

Px: puntuación resultante de la oferta en estudio.

Oferta 0: importe global máximo del proyecto.

Oferta 1: importe global de la oferta más baja.

Oferta x: importe global de la oferta en estudio.

El importe global de la oferta en estudio por curso escolar se calcula aplicando la siguiente fórmula: (número de plazas ´ cuota mensual de escolaridad propuesta + número de plazas ´ cuota mensual de comedor propuesta + número de alumnos de horario ampliado previstos ´ cuota mensual por media hora de horario ampliado propuesta) ´ 11 meses.

Se considera que la proposición, entendiendo como tal el importe global de la oferta en los términos establecidos en el párrafo inmediatamente anterior, no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados cuando la misma exceda de 10 unidades, al menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.

2.  Proyecto de gestión educativa: hasta 30 puntos (criterio evaluable mediante juicio de valor).

a) Proyecto educativo del centro, incluyendo la propuesta pedagógica, que tomará en consideración la normativa vigente y las características de la población y del contexto social donde se ubica el centro, así como el Plan de Atención a los Niños con Necesidades Educativas Especiales: hasta 20 puntos.

b) Proyecto de iniciación al inglés: hasta 10 puntos.

Valoración:

— Contratación de personal nativo: hasta 6 puntos.

— Horas de exposición al idioma inglés: hasta 2 puntos.

— Metodología didáctica: hasta 2 puntos.

3.  Proyecto de gestión organizativa y económica: hasta 10 puntos.

— Organización propuesta para el centro: hasta 5 puntos.

— Gestión de recursos económicos, humanos y materiales del centro: hasta 5 puntos.

La puntuación será adjudicada en función de la adecuación y proporcionalidad existentes entre las propuestas de gasto relativas a los siguientes conceptos:

1) Personal educativo, cocina y servicios. Gestión de personal.

2) Funcionamiento ordinario de la escuela: alimentación, energía, material didáctico, material de oficina y mantenimiento, etcétera.

3) Gastos propios de la entidad gestora, incluidos los complementos de su personal, administración, bancarios, seguros, saldo remanente de gestión, etcétera.

4.  Personal que desarrollará el proyecto: hasta 10 puntos (criterio evaluable mediante aplicación de fórmula).

a) Número de profesionales que se amplían a partir de los exigibles: hasta 6 puntos.

Se valorarán las propuestas de personal educativo elaboradas por cada entidad licitadora.

— Obtendrá 6 puntos la oferta que incluya el mayor número de profesionales.

— Obtendrá 0 puntos la oferta que incluya el menor número de profesionales.

Para las ofertas intermedias la puntuación obtenida se calculará aplicando la siguiente fórmula:

Px = 6 ´ Oferta x / Oferta 0

Px = Puntuación resultante de la oferta en estudio.

Oferta 0: valor de la oferta que incluya el mayor número de profesionales.

Oferta x: valor de la oferta en estudio.

A efectos de aplicación del baremo la contratación de dos profesionales con dedicación de media jornada es equivalente a la contratación de un profesional con dedicación a jornada completa.

b) Mejora de las titulaciones mínimas exigidas en los requisitos de solvencia técnica: méritos académicos: hasta 4 puntos.

Valoración:

1.  Méritos académicos de los profesionales propuestos por el licitador sobre las titulaciones complementarias a las alegadas como titulaciones mínimas para acreditar la solvencia técnica: hasta 4 puntos.

En la valoración de este subapartado no se tendrán en cuenta las titulaciones alegadas para cumplir la solvencia técnica.

Se sumarán las puntuaciones obtenidas por el conjunto de la plantilla en función de las titulaciones complementarias propuestas. El resultado se dividirá entre el total de la plantilla de profesionales educativos presentada (incluidos los ampliados a partir de los exigibles). A este respecto, un mismo profesional puede poseer varias titulaciones académicas que conceden derecho a obtener puntuación en este apartado.

— Obtendrá 4 puntos la oferta con resultado más alto.

— Obtendrá 0 puntos la oferta con resultado más bajo.

Para las ofertas intermedias la puntuación obtenidas se calculará aplicando la siguiente fórmula:

Px = 4 ´ Oferta x / Oferta 0

Px = puntuación resultante de la oferta en estudio.

Oferta 0 = valor de la oferta que obtenga el resultado más alto.

Oferta x = valor de la oferta en estudio.

1.1.  Titulación superior: 2,50 puntos por cada título.

1.1.1. Pedagogía, psicología o psicopedagogía.

1.1.2. Licenciatura en filología inglesa o traducción e inter pretación, o licenciatura en lengua inglesa.

1.1.3. Otras titulaciones superioes vinculadas con la educación.

1.2.  Titulación media: 2 puntos por cada título.

1.2.1. Diplomaturas de magisterio con la especialidad de educación infantil/inglés o diplomatura cursada en lengua inglesa.

1.2.2. Diplomaturas de magisterio y otras vinculadas con la educación.

1.3.  Formación profesional: 1,25 puntos por título.

1.3.1. FP jardines de infancia o educación infantil.

1.2.2. FP rama sanitaria y servicios a la comunidad.

1.4. Titulaciones y certificados relacionados con la lengua inglesa: 1 punto por título.

1.4.1. PET, ISE I, CET B1 upper.

1.4.2. Certificado de aptitud de ciclo elemental, FCE ISE II, CEF B2, TOEFL 200, TOEIC 800.

1.4.3. Certificado de aptitud de ciclo superior o certificado de nivel avanzado de Escuelas Oficiales de idiomas o CAE ISE II, CEF C1, TOEFL 230, TOEIC 850.

1.4.4. CEP ESOL 12, CEF C2, TOEFL 270, TOEIC 930.

1.5.  Otras titulaciones: 1 punto por cada título.

1.5.1. Másteres y posgrados relacionados con el ámbito edu- cativo.

5.  Funcionamiento del centro: hasta 10 puntos (criterio evaluable mediante juicio de valor).

a) Puesta en marcha y funcionamiento del centro: hasta 5 puntos.

b) Propuesta de actividades complementarias: hasta 5 puntos.

Mesa de contratación, calificación de la documentación y otros aspectos y requisitos de la presente contratación: todos ellos son de referencia en los pliegos correspondientes y demás antecedentes y documentación de esta contratación, que estarán a disposición de cualquier interesado en el Ayuntamiento de Valdemorillo a estos efectos durante el plazo y horario más arriba mencionados.

Valdemorillo, a 19 de mayo de 2009.—La alcaldesa, María Pilar López Partida.

(01/1.776/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090601-0110