Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090601-0242

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.686 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix Navas Román, don Gabino Gil Risco, don Sergio Navas Mateo, don Mariano Cruz Arrarás y don Jesús Maraleda Gómez Lobo, contra la empresa “Constructora Pedralbes, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictados providencias de fechas 28 de enero y 13 de mayo de 2009, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Diligencia.—En Madrid, a 28 de enero de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para dar cuenta a su señoría ilustrísima de haberse recibido de la correspondiente Oficina de la Delegación del Decanato, fechado por dicha oficina el día 23 de enero de 2009, escrito de la parte actora, por el que amplía la demanda presentada en su día.—Doy fe.

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 28 de enero de 2009.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Se tiene por ampliada la demanda contra los administradores concursales de “Constructora Pedralbes, Sociedad Anónima”, don Miguel Vilella Barrachina y doña Olga Forné Beltrán, y en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación, y en su caso juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 14 de octubre de 2009, a las once y quince horas de su mañana, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Hernani, número 59, cuarto, Madrid. Hágase entrega a los demandados contra las que se ha ampliado la demanda de copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Estructuras Félix, Sociedad Limitada”, y “Constructora Pedralbes, Sociedad Anónima”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por sus representantes en juicio, siempre y cuando hubieran intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a las personas que intervinieron en nombre de las entidades, para su citación al juicio. Si tales personas no formasen parte ya de las entidades, podrán solicitar que se las cite en calidad de testigos. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a las personas intervinientes en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 13 de mayo de 2009.

Dada cuenta, y visto el error padecido en auto de fecha 28 de enero de 2009 sobre interrogatorio o confesión, se procede a su subsanación, y ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Estructuras Félix, Sociedad Limitada”, “Constructora Pedralbes, Sociedad Anónima”, don Miguel Vilella Barrachina y doña Olga Forné Beltrán, manteniéndose el resto del auto en los mismos términos.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Constructora Pedralbes, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.996/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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