Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090602-0083
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS SAN FERNANDO DE HENARES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO A tenor de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y una vez transcurrido el plazo legalmente establecido en el artículo 49.b) sin que se hayan presentado alegaciones o sugerencias a la «Disposición de carácter general por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “CAM VIGILANCIA PL”, del Ayuntamiento de San Fernando de Henares», aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2009, se entiende aprobada definitivamente dicha disposición, quedando su texto redactado de la siguiente forma: DISPOSICIÓN DE CARÁCTER GENERAL POR LA QUE SE CREA EL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DENOMINADO “CAM VIGILANCIA PL”, DEL AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES Conforme a la garantía constitucional que tienen los ciudadanos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, reconocido por el artículo 18 de la Constitución española que la “Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”, así como a tenor del conjunto de medidas para garantizar y proteger dicho derecho fundamental establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, es responsabilidad del Ayuntamiento de San Fernando de Henares lo concerniente a la creación, modificación o supresión de ficheros de carácter personal en su ámbito territorial. De otra parte, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, previene en su artículo 2 que la Corporación Local, en materia de protección de datos, queda bajo el ámbito de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. Por tanto, se solicita al Ayuntamiento Pleno que adopte el siguiente acuerdo: Primero.—La creación del fichero de datos de carácter personal denominado “CAM VIGILANCIA PL”, cuya finalidad y usos previstos es la “Vigilancia de la seguridad exterior e interior de la Casa Consistorial y de la Policía Local”. Segundo.—El órgano responsable del fichero es la Policía Local. La ubicación del sistema de información y de los recursos del sistema queda establecida en las dependencias de la Policía Local. Tercero.—El acceso al fichero se establece con carácter exclusivo a los integrantes del Cuerpo de la Policía Local. Cuarto.—Los datos de carácter identificativo son del tipo “imagen” sin voz y el sistema de almacenamiento es automático. Quinto.—Las medidas de seguridad del fichero se establecen en nivel medio, tal como corresponde a la prescripción de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. Sexto.—Se ordena la publicación del presente acuerdo plenario en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. San Fernando de Henares, a 27 de mayo de 2009.—El alcalde-presidente, Julio Setién Martínez. (03/17.417/09) |

