Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090602-0236
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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Habiéndose procedido por esta Dirección General a la iniciación de procedimiento sancionador por supuesta infracción en materia de protección animal, y no habiendo sido posible la notificación de las mismas en el domicilio de sus destinatarios, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único. Lo que se comunica a los interesados, los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 en relación con el artículo 28 del citado texto legal, podrán formular recusación, en cualquier momento de la tramitación del expediente, contra el instructor del procedimiento cuyos datos le serán facilitados en la Dirección General de Medio Ambiente, ronda de Atocha, número 17, sexta planta, 28012 Madrid. Asimismo, y en aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública en la Comunidad de Madrid, en los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, podrá solicitar ante el Instructor del procedimiento la práctica de las pruebas que estime pertinentes, pudiendo igualmente aducir alegaciones en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid). Los datos personales contenidos en estos documentos serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante esta Dirección General como responsable de los mismos. Igualmente podrán ser cedidos a cuantas instituciones u organismos proceda, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente. En Madrid, a 27 de marzo de 2009.—El Director General de Medio Ambiente, PDF (Resolución de 20 de febrero de 2009), el Subdirector General de Agricultura y Alimentación, Jesús Carpintero Hervás. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción administrativa. — Posible sanción. — Órgano compe- tente para resolver y norma que le atribuye tal competencia Julio Hernández Campillo. — 51921368-H. — Calle Monte Montjuich, número 20, primero D, 28031 Madrid. — 04/PA-530/07. — Artículo 24.2.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como grave. — 1.202,03 a 2.404,05 euros. — Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. Sorin Ilie Saghin. — X-6416059-W. — Calle Madrid, número 20, cuarto C, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid). — 04/PA-548/07. — Artículo 24.2.c) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, y artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, calificada, la primera como grave, y la segunda, como muy grave. — 1.202,03 hasta 2.404,05 euros para la primera infracción y 2.404,06 a 15.025,30 euros para la segunda. — Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. (03/16.665/09) |

