Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090602-0085
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 185 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Congosto Roldán, contra la empresa “Batch PC, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente: Fallo Estimo la demanda de la actora doña María del Carmen Congosto Roldán, y declaro improcedente el despido con efectos del 23 de diciembre de 2008. Asimismo, declaro extinguida la relación laboral de la trabajadora con la empresa demandada. En consecuencia, condeno a la empresa demandada, “Batch PC, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que indemnice a la actora en la cantidad de 17.253,83 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 1.683,26 euros mensuales con inclusión de prorrata de pagas extras. Declaro la responsabilidad subsidiaria de el Fondo de Garantía Salarial, que abonará a la actora hasta el límite legal, por indemnización y salarios de tramitación. Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 185/09 de procedimiento, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria, la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Batch PC, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/15.594/09) |

