Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090602-0248

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 502 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Cabrerizo Peracho, contra la empresa “Hormisat, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 11 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 11 de mayo de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con esta misma fecha se ha recibido en este Juzgado, procedente del registro, el anterior escrito de la parte don Francisco Cabrerizo Peracho, quien presenta demanda contra “Hormisat, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, subsanando el defecto de que adolecía su demanda, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—Vistas por mí, don Rafael Monzón Rioboo, ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 10 de los de Madrid, las presentes actuaciones en materia de ordinario, dicto la presente resolución:

Parte dispositiva:

Así por este mi auto, digo: Por subsanado el defecto advertido, se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada. Cítese a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 20 de abril de 2010, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Hernani, número 59, segunda planta, de Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

A los otrosíes: documental.

Respecto a los partes de alta y baja: no ha lugar, al ser documental a la que la parte solicitante tiene acceso.

Requiérase a la parte demandada a fin que al acto de juicio oral aporte boletines de cotización TC1 y TC2, de los últimos doce meses, según lo solicitado por el actor.

Respecto a los recibos de salario: no ha lugar, al ser documental que obra en poder del solicitante.

Al otrosí: ha lugar, y cítese al representante legal de la demandada, don José Luis Molina Benito, para la práctica de la prueba de interrogatorio de la parte, en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y efectos previstos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Dada la devolución del correo dirigido a la parte demandada, consúltese en la base de datos del Registro Mercantil a fin de que indique nuevo domicilio de la misma, a efectos de su localización para la actuación prevista en autos.

Asimismo, en virtud de lo acordado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 17 de mayo de 1994, remítase a través de la Delegación del Decanato de lo social al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid copia de la resolución que se ha de notificar a la parte demandada.

Cítese a “Hormisat, Sociedad Limitada”, mediante edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las próximas notificaciones se harán en estrados según el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—Ante mí, la secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hormisat, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.571/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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