Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090602-0115
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TORREJÓN DE ARDOZ URBANISMO Don Pedro Rollán Ojeda, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (Madrid). Hace saber: Que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2009, se aprobó con carácter definitivo el Plan Especial en el ámbito “Fresnos II” del Plan General de Ordenación Urbana de Torrejón de Ardoz, para la adecuación de la ordenanza unifamiliar en parcelas de esquina. Como anexo I al presente anuncio se publica el articulado íntegro de la normativa, por indicación del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Frente a la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que lo haya dictado, en un plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117.1 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998. ANEXO I Ordenanza clave 06, “Vivienda unifamiliar”, Plan Parcial “Fresnos II”, quedando el artículo 4.5.7.3 redactado de la siguiente manera para parcelas de esquina: Artículo 4.5.7.3. Retranqueos: — Serán de 4 metros a las calles. — No se fija retranqueo entre parcelas de esquina colindantes. — El retranqueo con resto de linderos será de 3 metros. Este retranqueo lateral podrá suprimirse para adosar edificaciones entre sí, si media acuerdo entre propietarios, que habrá de protocolizarse ante notario y se adjuntará con la solicitud de la licencia, cuando el proyecto lo haga preciso. Torrejón de Ardoz, a 11 de mayo de 2009.—El alcalde-presidente (firmado). (02/6.258/09) |

