Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0003

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Veintiuno.—Nombramiento de juez de paz titular y sustituto de Colmenar de Arroyo.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, en el que se propone el nombramiento de don Francisco García Muñoz y don Alfonso Ventura Resines para el cargo de juez de paz titular y sustituto, respectivamente, aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 26 de marzo de 2009, por ocho votos a favor, que representa la mayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Nombrar juez de paz titular de Colmenar del Arroyo a don Francisco García Muñoz y juez de paz sustituto a don Alfonso Ventura Resines.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Torrelaguna (partido judicial al que pertenece), al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo el presente en Madrid, a 4 de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/16.061/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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