Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0165

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

1835 RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2009, por la que se hace ­pública la Orden 1185/2009, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Griñón, relativa a las condiciones de protección del elemento A-4 (edificación exenta en la avenida de Portugal, con vuelta a la calle Inmaculada) del Catálogo de Bienes Protegidos (Ac. 43/2009).

Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, con fecha 28 de abril de 2009, se dictó la Orden 1185/2009, del siguiente tenor literal:

«Examinado el expediente obrante en esta Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de aprobación definitiva de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Griñón, relativa a las condiciones de protección del elemento A-4 (edificación exenta en la avenida de Portugal, con vuelta a la calle Inmaculada) del Catálogo de Bienes Protegidos, procede hacer constar cuanto sigue:

I.  El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes:

1.o Con fecha 7 de agosto de 2008, el Pleno del Ayuntamiento de Griñón adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la Modificación Puntual señalada, y someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes.

El trámite de información pública fue cumplimentado mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 12 de septiembre de 2008, y en el diario “La Razón”, el 19 de septiembre de 2008. No se formularon alegaciones.

2.o El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en su sesión de 4 de diciembre de 2008, adoptó el acuerdo de aprobar provisionalmente la Modificación Puntual referenciada, y remitir el expediente a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, para su aprobación definitiva, conforme lo regulado en los artículos 57.e) y 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid.

3.o Constan en el expediente los siguientes informes de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 10 de septiembre, y de 5 de noviembre de 2008, estableciendo este último una serie de prescripciones ambientales que deberán cumplirse, y de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de 6 de noviembre de 2008, informando favorablemente.

II.  La presente Modificación Puntual tiene por objeto posibilitar la demolición del elemento A-4 del Catálogo de Bienes Protegidos, integrado por la edificación exenta ubicada en la confluencia de la avenida de Portugal y la calle Inmaculada, en el límite Oeste del casco antiguo del núcleo urbano, para su posterior reedificación, garantizando su fiel reconstrucción, con la finalidad de utilizarlo como equipamiento público de tipo museístico. Su demolición se justifica en el moderado valor arquitectónico que el propio catálogo declara que posee y en el deterioro que actualmente presenta.

CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN

Las condiciones urbanísticas de la parcela objeto de la modificación no se alteran, ya que esta mantiene su clasificación como Suelo Urbano Consolidado, y su calificación con la Ordenanza de Equipamiento Público de las Normas Subsidiarias de Griñón. En cambio, se retocan las determinaciones de la ficha del elemento A-4 del Catálogo de Bienes Protegidos para poder llevar a cabo la demolición y reconstrucción prevista.

En el siguiente cuadro se establece las condiciones establecidas en el planeamiento modificado para el elemento A-4 del Catálogo de Bienes Protegidos:

La presente Modificación Puntual relativa a las condiciones de protección del elemento A-4 del Catálogo de Bienes Protegidos de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Griñón, únicamente afecta a la ficha de dicho elemento catalogado.

III.  Respecto al análisis y valoración de la modificación propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial emite informes técnico y jurídico, de 10 y 11 de marzo de 2009, respectivamente, informando favorablemente la modificación, y con fecha de 11 de marzo de 2009, propone la aprobación definitiva de la Modificación de las Normas Subsidiarias, con las condiciones que para su desarrollo se establecen en el informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental de 5 de noviembre de 2008, al considerarse técnica y jurídicamente correcta la propuesta municipal, para la demolición y posterior reedificación del señalado elemento A-4.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida se señala por la citada Dirección General, que se han cumplimentado los trámites previstos en los artículos 57 y siguientes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal. Asimismo, se han cumplido los requisitos que establece el artículo 69 de dicho cuerpo legal para alterar el contenido de los Planes de Ordenación Urbanística.

IV.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio aprobar definitivamente, previo informe de la Comisión de Urbanismo, las modificaciones de los Planes Generales y de los Planes de Sectorización de los municipios con población de derecho inferior a 15.000 habitantes, como en el presente caso.

En virtud de la fundamentación expuesta, previo informe favorable de la Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 26 de marzo de 2009,

DISPONGO

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Griñón, relativa a las condiciones de protección del elemento A-4 (edificación exenta en la avenida de Portugal, con vuelta a la calle Inmaculada) del Catálogo de Bienes Protegidos, con las condiciones que para su desarrollo se establecen en el informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 5 de noviembre de 2008.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado expediente, se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/16.511/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0165